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Comisión Estatal de los Derechos Humanos
de Chihuahua

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Capacitación Virtual – “Derecho a la Salud” y “Accesibilidad Universal e Inclusión”

Capacitación, Promoción y Difusión

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El área de Capacitación de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua, llevará a cabo sus sesiones de capacitación virtual con los temas “Derecho a la Salud” y “Accesibilidad Universal e Inclusión”, que se llevará a cabo los días 11 y 13 de mayo de 2021 respectivamente.

Derecho a la Salud será impartido por el Lic. Jorge Huerta Viazcas, capacitador de la oficina regional de Cd. Juárez, Chihuahua, el día 11 de mayo de 2021, de 10am a 12pm.

El de Accesibilidad Universal e Inclusión será impartida por el Lic. Javier Ronquillo Chavira, capacitador de la oficina de Chihuahua, el día 13 de mayo de 2021, de 10am a 12pm.

Para cualquiera de las dos sesiones, será necesario hacer su registro en el siguiente enlace: https://forms.gle/sL2HM5AwVQaTamPx8

Se emitirá constancia de participación al completar el curso.

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Recomendación

02/22

Documento

Estatus

Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada

Fiscalía General del Estado: No aceptada

Acto(s) Violatorio(s)

Violaciones al Derecho a la Dignidad.

Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.

Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Autoridad(es)

Secretaría de Seguridad Pública Estatal

Fiscalía General del Estado 

Recomendaciones

PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.

Recomendaciones 2022