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Comisión Estatal de los Derechos Humanos
de Chihuahua

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Conferencia – “Tortura sexual en México, a 15 años de los hechos en el caso Atenco”

Capacitación, Promoción y Difusión

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En el marco del Día Internacional en apoyo de las Víctimas de la Tortura, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua INVITA a la Conferencia “Tortura sexual en México, a 15 años de los hechos en el caso Atenco”.

Contaremos con la participación de Ivette Galván García, y de Alejandra Elguero Altner, ambas del área de defensa integral del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez A.C.

La cita es este miércoles 30 de junio a las 10:00 hrs vía Zoom y a través de nuestra página oficial de Facebook (CEDHChihuahua)

Para registro previo, a través del siguiente enlace 👇
https://forms.gle/2f97gYV5aEZ4tkR98

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Recomendación

02/22

Documento

Estatus

Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada

Fiscalía General del Estado: No aceptada

Acto(s) Violatorio(s)

Violaciones al Derecho a la Dignidad.

Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.

Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Autoridad(es)

Secretaría de Seguridad Pública Estatal

Fiscalía General del Estado 

Recomendaciones

PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.

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