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La CEDH capacita a Organizaciones de la Sociedad Civil; Convoca el DIF Estatal

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La Comisión Estatal de Derechos Humanos, a través de la Unidad de Igualdad de Género, ofreció la conferencia “Perspectiva de Género: Qué es y por qué es necesario implementarla” a integrantes de organizaciones de la sociedad civil.

La convocatoria la hizo el DIF estatal a través de la Red Estatal de Fortalecimiento Familiar. La conferencia se impartió en dos ocasiones: El martes 23 y el viernes 26 de junio del 2020.

Debido a la contingencia que provocó la pandemia por el Covid-19, la capacitación se llevó a cabo de manera virtual y asistieron 218 personas, 181 mujeres y 37 hombres, integrantes de distintas organizaciones de la sociedad civil.

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Recomendación

02/22

Documento

Estatus

Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada

Fiscalía General del Estado: No aceptada

Acto(s) Violatorio(s)

Violaciones al Derecho a la Dignidad.

Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.

Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Autoridad(es)

Secretaría de Seguridad Pública Estatal

Fiscalía General del Estado 

Recomendaciones

PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.

Recomendaciones 2022