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Comisión Estatal de los Derechos Humanos
de Chihuahua

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Aviso de Privacidad Simplificado

LA COMISIÓN ESTATAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, con domicilio en Avenida Zarco No. 2427, Colonia Zarco. Código Postal 31020, Chihuahua, Chihuahua, reconoce la importancia del tratamiento legítimo, controlado e informado de los datos personales y pone a su disposición el presente Aviso de Privacidad Simplificado.

Los datos personales que se recaben y/o proporcionen voluntariamente ante esta Comisión Estatal de los Derechos Humanos, serán utilizados con fines de investigación y/o integración del expediente de queja; así como para la  integración de expedientes de las personas atendidas en seguimiento a los diversos procesos que se llevan en este Organismo Autónomo.

Los Datos pueden ser transferidos, para las finalidades establecidas en el presente Aviso de Privacidad a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos con la finalidad de dar seguimiento a su queja, para lo cual será necesario su consentimiento expreso o tácito.

El titular de los datos personales podrá manifestar su negativa al tratamiento de sus datos, así como acceder a sus Derechos ARCO, ante la Unidad de Transparencia o a través de transparencia@cedhchihuahua.org.mx, de igual manera se pone a su disposición el Aviso de Privacidad Integral de la CEDH en la siguiente  liga:

Recomendación

02/22

Documento

Estatus

Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada

Fiscalía General del Estado: No aceptada

Acto(s) violado(s)

Violaciones al Derecho a la Dignidad.

Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.

Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Autoridad(es)

Secretaría de Seguridad Pública Estatal

Fiscalía General del Estado 

Recomendaciones

PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.

Recomendaciones 2022