“Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicaran o llevaran a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes”.
2023
Licitación Pública CEDH:16c.5.007/2023:
Licitación Pública CEDH:16c.5.006/2023:
Licitación Pública CEDH:16c.5.005/2023:
Licitación Pública CEDH:16c.5.004/2023:
Licitación Pública CEDH:16c.5.003-Bis/2023:
Licitación Pública CEDH:16c.5.003/2023:
Licitación Pública CEDH:16c.5.002-Bis/2023:
Licitación Pública CEDH:16c.5.002/2023:
Licitación Pública CEDH:16c.5.001Bis/2023:
Licitación Pública CEDH:16c.5.001/2023:
2022
Licitación Pública CEDH:16c.5.002Bis/2022:
Licitación Pública CEDH:16c.5.002/2022:
Licitación Pública CEDH:16c.5.001/2022:
Licitación Pública CEDH:14c.4.006BIS/2022:
Licitación Pública CEDH:14c.4.006/2022:
Licitación Pública CEDH:14c.4.005/2022:
Licitación Pública CEDH:14c.4.004/2022:
Licitación Pública CEDH:14c.4.003/2022:
Licitación Pública CEDH:14c.4.002/2022:
Licitación Pública CEDH:14c.4.001/2022:
2021
Licitación Pública CEDH:14c.4.006/2021:
Licitación Pública CEDH:14c.4.006BIS/2021:
Licitación Pública CEDH:14c.4.007/2021:
Recomendación
02/22
Estatus
Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada
Fiscalía General del Estado: No aceptada
Acto(s) violado(s)
Violaciones al Derecho a la Dignidad.
Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.
Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.
Autoridad(es)
Secretaría de Seguridad Pública Estatal
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.