Av. Zarco 2427 Col. Zarco | 614 201 2990 | quejas@cedhchihuahua.org.mx

Comisión Estatal de los
Derechos Humanos de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTí

Comisión Estatal de los Derechos Humanos
de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTi

Comisión Estatal de los
Derechos Humanos de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTí

Comisión Estatal de los Derechos Humanos
de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTi

Ciclo de Conferencias «La relevancia de la ratificación de instrumentos internacionales en materia de DESCA: Acuerdo de Escazú»

Picture of Capacitación, Promoción y Difusión

Capacitación, Promoción y Difusión

Facebook
Twitter
Email

ATENTA INVITACIÓN

Al Ciclo de Conferencias «La relevancia de la ratificación de instrumentos internacionales en materia de DESCA: Acuerdo de Escazú«, que se llevará a cabo el próximo 11 de agosto de 2021, a partir de las 11:00 a.m., (Hora CDMX, México).

Sugerimos ingresar a cualquiera de las siguientes ligas:
Canal de Youtube de la CNDH y en la página de Facebook de la CNDH o aquí mismo en esta publicación.

Click para Ampliar

Recomendación

02/22

Documento

Estatus

Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada

Fiscalía General del Estado: No aceptada

Acto(s) Violatorio(s)

Violaciones al Derecho a la Dignidad.

Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.

Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Autoridad(es)

Secretaría de Seguridad Pública Estatal

Fiscalía General del Estado 

Recomendaciones

PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.

Recomendaciones 2022