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Reciben 9 empresas de Meoqui, Delicias y Camargo el distintivo “Empresa Comprometida con los Derechos Humanos”

Reconocimiento otorgado por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua
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Nueve centros de trabajo ubicados en Meoqui, Delicias y Camargo recibieron el distintivo “Empresa Comprometida con los Derechos Humanos” que otorga la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua (CEDH).

En una ceremonia donde se reconoció su compromiso y esfuerzo para obtener esta presea al cumplir con todos los requerimientos establecidos, Nancy Gutiérrez Sáenz, titular de Capacitación, Promoción y Difusión de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, felicitó a las y los galardonados, ya que sus acciones inspiran a otras personas a seguir su ejemplo e incluir en las organizaciones privadas la promoción de la igualdad, la creación de espacios libres de violencia y la no discriminación.

Por su parte, Claudia Hernández Villanueva, presidenta de CANACO Camargo, destacó la labor de las empresas que recibieron el distintivo, subrayando su defensa de los derechos humanos y cómo el sector empresarial puede contribuir positivamente a la sociedad.

El gerente de Recursos Humanos de LEAR, Planta Meoqui, Salvador Segoviano Romero, en representación de las y los galardonados, reafirmó el compromiso de mantener la difusión de los derechos fundamentales en cada uno de los centros de trabajo, y transmitir a todo su personal lo que representa el distintivo, generando así un ambiente laboral respetuoso, tolerante e inclusivo.

Las empresas que recibieron el distintivo fueron: LEAR Planta Meoqui, Quesería San Ángel, Comercializadora Bels, Kopay, Hotel Santa Fe, Santoyo Funerales, ZF Lifetec Planta Camargo, VICHISA y Productos Lácteos Los Pinos.

Es importante señalar que entre los objetivos del distintivo se encuentran fomentar la resolución pacífica de los conflictos, aportar al desarrollo de habilidades socioemocionales en las actividades diarias y contribuir al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU.

Sumarse al distintivo es una iniciativa voluntaria de cada centro de trabajo, con lo cual se comprometen a seguir un conjunto de valores basados en principios universalmente aceptados.

Al obtener el distintivo, la empresa obtiene los siguientes beneficios:

  • Aumenta su ventaja competitiva.
  • Mejora su reputación.
  • Incrementa su capacidad para atraer y retener a las y los trabajadores miembros de la organización, clientes y personas usuarias.
  • Mantiene la motivación, el compromiso y la productividad del personal, colaboradoras, colaboradores y/o personas asociadas.
  • Beneficia la percepción positiva de quienes invierten, propietarias y propietarios, donantes, patrocinios y la comunidad financiera.
  • Mejora las relaciones con empresas, gobiernos, medios de comunicación, proveeduría, organizaciones pares, clientela y la comunidad donde opera.
  • Le permite participar en medidas para proteger el medio ambiente.
  • Accede a un esquema de mejora continua a través de las capacitaciones que los organismos públicos de derechos humanos que participan en el distintivo le ofrecen.

Recomendación

02/22

Documento

Estatus

Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada

Fiscalía General del Estado: No aceptada

Acto(s) Violatorio(s)

Violaciones al Derecho a la Dignidad.

Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.

Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Autoridad(es)

Secretaría de Seguridad Pública Estatal

Fiscalía General del Estado 

Recomendaciones

PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.

Recomendaciones 2022