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Comisión Estatal de los
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Emite CEDH Recomendaciones a 11 Presidencias Municipales por situación en cárceles

Derivadas de las visitas de inspección en Satevó, Gran Morelos, Uruachi, Casas Grandes, Carichí, Belisario Domínguez, Riva Palacio, Namiquipa, Batopilas, Morelos y Chínipas
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La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua (CEDH) emitió 11 Recomendaciones dirigidas a las Presidencias Municipales de Satevó, Gran Morelos, Uruachi, Casas Grandes, Carichí, Belisario Domínguez, Riva Palacio, Namiquipa, Batopilas, Morelos y Chínipas, tras acreditarse violaciones a derechos humanos.

Los derechos violentados a las personas privadas de su libertad e ingresadas a las cárceles de esas localidades se refieren a la estancia digna, protección de la salud, la legalidad y seguridad jurídica.

Las investigaciones correspondientes se llevaron a cabo por personal de las diferentes Visitadurías de este organismo, derivadas de quejas de oficio que fueron iniciadas tras visitas de inspección a dichas áreas de internamiento.

Entre las deficiencias e irregularidades detectadas en los diversos separos destacan falta de sanitarios, de agua potable, de aseo, no contar con juez o jueza cívica ni reglamento y/o protocolo de actuación, la no separación entre hombres, mujeres y adolescentes.

Así mismo, no se cuenta con colchonetas, falta de sistema de vigilancia permanente, equipo de climatización para una temperatura adecuada, un sistema que permita el control documental, no se brinda alimentación ni algún tipo de servicio médico en caso de que las personas que ingresan lo requieran.

En estas 11 resoluciones, la CEDH recomienda a las autoridades que se asignen las partidas presupuestales para realizar las modificaciones pertinentes que subsanen las deficiencias detectadas.

De igual forma, que se remitan pruebas del funcionamiento y operación del Consejo de Seguridad Pública de estos municipios y que se implementen las medidas administrativas necesarias para corregir las irregularidades señaladas.

Como medas de no repetición, coinciden en que se adecuen las celdas para que cuenten con los servicios básicos de higiene, como son sanitarios en condiciones dignas, lavamanos, aire acondicionado, calefacción, agua corriente y agua potable; que las personas internas se encuentren en todo momento a la vista de las personas encargadas de la guarda y custodia, previendo que exista separación entre mujeres, hombres y personas menores de edad, y se les otorguen colchonetas.

Las citadas Recomendaciones pueden consultarse a través del enlace:

Recomendación

02/22

Documento

Estatus

Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada

Fiscalía General del Estado: No aceptada

Acto(s) Violatorio(s)

Violaciones al Derecho a la Dignidad.

Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.

Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Autoridad(es)

Secretaría de Seguridad Pública Estatal

Fiscalía General del Estado 

Recomendaciones

PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.

Recomendaciones 2022