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Comisión Estatal de los
Derechos Humanos de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTí

Comisión Estatal de los Derechos Humanos
de Chihuahua

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Derechos Humanos de Chihuahua

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de Chihuahua

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Recomendación

01/10

Documento

Estatus

Aceptada, pruebas de cumplimiento parcial

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Urique

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted, C. ING. OMAR LOYA GONZÁLEZ, Presidente del H. Ayuntamiento del Municipio de Urique, para efecto de que se tomen las medidas pertinentes para capacitar al cuerpo de seguridad pública del municipio, a efecto de que conozcan los límites de sus atribuciones
y tengan una mejor relación con los gobernados cuando se trate de implementar las medidas para hacer cumplir el Reglamento del Bando de Policía y Buen Gobierno.
SEGUNDA: A Usted mismo, con el propósito de que se instruya a los elementos de Seguridad Pública destacamentados en el Poblado de Churo del mismo Municipio, para que se abstengan a intervenir en las reuniones comunitarias que éstos sostengan, trátese de ejidales, escolares ó de cualquier índole y que el resguardo que se les solicite, sea proporcionado desde el exterior de los recintos donde se desarrollen dichos eventos, sin interferir en su desarrollo, ni pretender inhibir el derecho de reunión y libre manifestación de las ideas que les asiste como
miembros de la comunidad.
TERCERA: A Usted mismo, a fin de que en lo posible se ajusten las multas impuestas a los quejosos y se haga la restitución de lo indebidamente recaudado, en base en lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Federal, en relación con las disposiciones secundarias antes aludidas,
sin perjuicio de que a los infractores de la Ley de Alcoholes se les instaure el procedimiento sancionador que establece dicho ordenamiento legal.

Recomendación

02/10

Documento

Estatus

Aceptada, pruebas de cumplimiento parcial

Autoridad(es)

Procuraduría General de Justicia en el Estado

Recomendaciones

ÚNICA: A Usted M.D.P. PATRICIA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Procuradora General de
Justicia en el Estado, se sirva girar instrucciones a la Sub-Procuraduría de Control Interno, Análisis y Evaluación, para que se instaure el procedimiento de dilucidación de responsabilidades en contra
de los servidores públicos que han tenido a su cargo la integración de la indagatoria identificada, procedimiento en el que se consideren los argumentos y evidencias analizadas, y en su oportunidad se impongan las sanciones que correspondan y se oriente al ofendido sobre la forma en que puede hacer efectivos sus derechos ante diversa potestad, ya sea la civil ó administrativa, atendiendo la naturaleza jurídica del conflicto.

Recomendación

03/10

Documento

Estatus

Cumplida

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Guerrero

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted ING. JOSÉ GABRIEL ALMEYDA OCHOA, en su calidad de Presidente del H. Ayuntamiento del Municipio de Guerrero, para que en sesión del Órgano Colegiado, se analice la pertinencia del inicio de un procedimiento disciplinario de responsabilidad en que hayan incurrido los
agentes de la Policía Seccional de La Junta, por la omisión negligente que desencadenó en la muerte del interno , procedimiento en el que también se determine la procedibilidad de la reparación del
daño a la parte ofendida.
SEGUNDA: : A Usted mismo, a efecto de que se implementen los protocolos, prácticas y medidas necesarias para aquellos casos en que el personal de la Dirección de Seguridad Pública Municipal y de las Comandancias Seccionales, reciban o detengan a personas que presenten traumatismos ó
grados de intoxicación agudos, con independencia de ser auscultados médicamente, se establezca observancia continua, con la posibilidad de auxiliarse de sistemas remotos de monitoreo, para efecto de evitar riesgos a la salud e integridad de las personas que se encuentran privadas de la libertad.

Recomendación

04/10

Documento

Estatus

Aceptada, pruebas de cumplimiento parcial

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Bocoyna

Recomendaciones

ÚNICA: Por lo anterior es que se considera fundada la queja interpuesta por la C. Q, toda vez que fueron violados los derechos humanos de V, en la especie de derecho a la legalidad y seguridad jurídica, habida cuenta que aunque pudiera considerarse correcta la intervención inicial de la Policía Seccional de Creel, al haber sido detenido por la comisión de faltas administrativas, sin embargo el omitir un adecuado registro de su ingreso a separos y la consecuente inexistencia documentaria de la sanción pecuniaria impuesta, que generó el reclamo de la quejosa, en cuanto a que había sido desposeído ilegítimamente de una cantidad de dinero, al no haberse enterado a la hacienda pública, debiendo cobrar relevancia dicha afirmación, generando una presunción a su favor, en virtud de la inexcusable omisión de la autoridad municipal de disponer de los instrumentos necesarios, así como de las formas comprobatorias de la imposición de multas, para que puedan impugnar la medida, a la luz de los rangos que para éste tipo de sanciones prevé el artículo 21 de la Carta Magna, en los términos contenidos en el cuerpo de la presente.

Recomendación

05/22

Documento

Estatus

Aceptada

Acto(s) Violatorio(s)

Violaciones al Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica.

Violaciones al Derecho al Acceso a la Justicia.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: Se inicie, integre y resuelva conforme a derecho, el procedimiento administrativo que corresponda en contra de las personas servidoras públicas entonces adscritas a la Unidad Especializada en Delitos contra el Servicio Público, el Adecuado Desarrollo de la Justicia, la Paz, la Seguridad de las Personas y la Fe Pública, con motivo de los hechos anteriormente acreditados y que hayan tenido bajo su cargo la carpeta de investigación identificada como “H”, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: En un plazo que no exceda de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente a la aceptación de la presente resolución, se inscriba a “A” y “B” en el Registro Estatal de Víctimas, por violación a sus derechos humanos y remita las constancias que lo acrediten.
TERCERA: Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A” y “B” en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA: En un plazo que no exceda de 90 días naturales, contados a partir del día siguiente a la aceptación de la presente resolución, se adopten las medidas necesarias tendientes a evitar que los asuntos prescriban por causas imputables a las y los agentes del Ministerio Público que los tengan a su cargo y se inste a quienes autoricen las resoluciones en que se determine el no ejercicio de la acción penal por prescripción a que denuncien aquellas omisiones atribuibles a las y los agentes del Ministerio Público que hayan incidido en la prescripción.

Recomendación

06/10

Documento

Estatus

Aceptada, pruebas de cumplimiento parcial

Autoridad(es)

Procuraduría General de Justicia en el Estado

Recomendaciones

ÚNICA: A Usted M.D.P. PATRICIA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Procuradora General de Justicia en el Estado, se sirva girar sus instrucciones a la Sub-Procuraduría de Control Interno, Análisis y Evaluación, para que se
instaure procedimiento de dilucidación de responsabilidades en contra de los servidores públicos que tuvieron a su cargo la integración de la indagatoria, procedimiento en el que se consideren los argumentos
y evidencias analizados, y en su oportunidad se impongan las sanciones que correspondan.

Recomendación

07/10

Documento

Estatus

Cumplida

Autoridad(es)

Procuraduría auxiliar de Asistencia Jurídica y Social del Distrito Judicial Guerrero

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted LIC. ALMA LUISA VÁZQUEZ MIRAMONTES, Sub Procuradora Auxiliar de Asistencia Jurídica y Social del Distrito Judicial Guerrero, se sirva; a). Resolver la situación jurídica de la menor por lo que se refiere a esa instancia. b). Se ejerciten las acciones legales procedentes ante la autoridad judicial, con el objeto de restituir
a la menor, a su ambiente familiar pleno y proteger debidamente sus derechos, para que su situación no quede al margen y desamparo de la Ley.
c). Se adopten las medidas administrativas necesarias para el seguimiento y evaluación de aquellos casos donde exista el riesgo de la sustracción ilícita de menores, ello con el objeto de prevenir y evitar violaciones a sus derechos. Lo anterior tomando en consideración las evidencias y argumentos expuestos en la presente resolución.
SEGUNDA: 

Recomendación

08/10

Documento

Estatus

No aceptada

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Chihuahua

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted C. LIC. ALVARO MADERO MUÑOZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DE
CHIHUAHUA, se sirva instruir procedimiento disciplinario en contra de los servidores públicos implicados, considerando los hechos y evidencias analizadas en la presente resolución, sobre los cuales recae la inconformidad de la quejosa, con el objeto de determinar la responsabilidad administrativa, y en su caso se impongan las sanciones que a derecho correspondan. 
SEGUNDA: Igualmente se sirva girar instrucciones al titular de la DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL, para efecto de establecer un protocolo de actuación en casos como el de análisis y se abstengan de trasladar a personas cuando no esté debidamente justificada la medida, ya sea médicamente o por signos exteriores perceptibles a criterio razonable.

Recomendación

09/10

Documento

Estatus

Aceptada, pruebas de cumplimiento parcial

Autoridad(es)

Procuraduría auxiliar de Asistencia Jurídica y Social del Distrito Judicial Guerrero

Recomendaciones

ÚNICA: A Usted LIC. ALMA LUISA VÁZQUEZ MIRAMONTES, en su carácter de Procuradora Auxiliar de Asistencia Jurídica y Social del Distrito Judicial Guerrero, para que se analice y resuelva a la brevedad la situación jurídica de la menor en la instancia administrativa, ó en su caso se ejerciten las acciones legales procedentes ante la autoridad judicial, ello para garantizar la seguridad jurídica y el respeto pleno a sus derechos, lo anterior considerando los razonamientos esgrimidos y a la luz de las disposiciones legales e instrumentos internacionales aplicables a la materia.

Recomendación

10/10

Documento

Estatus

No aceptada.

Impugnada.

Autoridad(es)

Desarrollo Integral de la Familia del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted Lic. Julieta Zamudio Maya, Directora General del Desarrollo Integral de la Familia, del Estado de Chihuahua, gire sus instrucciones a fin de que se realice un análisis minucioso
de los protocolos de seguridad con que cuenta actualmente las instalaciones de la Procuraduría de Asistencia Jurídica y Social, en relación con las personas y vehículos que ingresan y egresan, esto
con el fin de proteger la integridad de los menores que se encuentran bajo el resguardo o estancia transitoria en dichas instalaciones.
SEGUNDA: Se instaure procedimiento para dilucidar la responsabilidad administrativa en que hayan incurrido los servidores públicos del DIF y Procuraduría de Asistencia Jurídica y Social del Estado que intervinieron en los hechos, procedimiento en el que se consideren y valoren los argumentos y evidencias analizadas en la presente resolución, y de resultar procedente se imponga la sanción que ha derecho corresponda.

Recomendación

11/10

Documento

Estatus

No aceptada

Autoridad(es)

Presidencia Municipal del Tule

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted C. Héctor Manuel Moreno Loera, en su carácter de Presidente Municipal de El Tule, instaure procedimiento disciplinario con el objeto de investigar y determinar la responsabilidad administrativa de los servidores públicos involucrados, en el cual se consideren los
argumentos y evidencias analizadas en esta resolución, y en su oportunidad se impongan las sanciones que a derecho correspondan.
SEGUNDA: Así mismo, dentro del procedimiento que al efecto se instaure y considerando los hechos, evidencias y argumentos expuestos, se valore la procedencia de indemnizar los daños y perjuicios que se ocasionaron a los quejosos, para recuperar el vehículo.
TERCERA: Valore la necesidad de reforzar la capacitación del personal correspondiente al área de seguridad pública, en relación al ejercicio de las facultades que les corresponde dentro del ámbito legal de competencia. 

Recomendación

12/10

Documento

Estatus

No aceptada

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Madera

Recomendaciones

ÚNICA: A Usted C. Reyes González Ramos, Presidente Municipal de Madera, se sirva girar sus instrucciones a quien corresponda para que a la brevedad posible se analice y resuelva lo procedente conforme a derecho, en cuanto a la presencia y funcionamiento de la antena identificada, a la luz de las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente, a efecto de que se garantice la integridad personal de los vecinos del sector, así como la protección de sus bienes.

Recomendación

13/10

Documento

Estatus

No aceptada

Autoridad(es)

Instituto Chihuahense de Salud

Recomendaciones

ÚNICA: A Usted, Dr. Jesús Manuel Sáenz Terrazas, Director General Del Instituto Chihuahuense de Salud, gire sus instrucciones para que se instaure procedimiento de dilucidación de responsabilidad administrativa en que pudo haber incurrido el servidor público que tuvo participación en los hechos de análisis, con motivo de la irregular prestación de servicio de salud que ha quedado precisada, en el que se consideren los argumentos y evidencias analizadas, y en su oportunidad se imponga la sanción que
corresponda, donde se analice la procedencia de la reparación del daño.

Recomendación

14/10

Documento

Estatus

Aceptada, pruebas de cumplimiento parcial

Autoridad(es)

Supremo Tribunal de Justicia

Recomendaciones

ÚNICA: A Usted, Mtro. Rodolfo Acosta Muñoz, Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, gire sus instrucciones a efecto de instaurar procedimiento de investigación, con el objeto de dilucidar la responsabilidad administrativa en que hayan incurrido los servidores públicos que tuvieron participación en los hechos de análisis, en el cual se consideren los argumentos y evidencias analizadas en esta resolución y en su oportunidad se impongan las sanciones que a derecho correspondan.

Recomendación

15/10

Documento

Estatus

Aceptada, pruebas de cumplimiento parcial.

Impugnada

Autoridad(es)

Procuraduría General de Justicia en el Estado

Recomendaciones

ÚNICA: A Usted C. M.D.P. Patricia González Rodríguez, Procuradora General de Justicia en el Estado, gire sus instrucciones para efecto de que a la brevedad posible se realicen las actuaciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos precisados y en su momento, se resuelva conforme a derecho la averiguación previa identificada.

Recomendación

16/10

Documento

Estatus

Cumplida

Autoridad(es)

Dirección de Transporte en el Estado

Recomendaciones

ÚNICA: A Usted Lic. Cesar Martínez Acosta Director de Transporte en el Estado, gire sus instrucciones para efecto de reconsiderar la negativa al quejoso en la renovación de la licencia de Operador de Trasporte Público, que pretende fundarse en el alcance interpretativo al artículo 67 fracción I del Reglamento de la Ley de Transito del Estado de Chihuahua para el Municipio de Chihuahua, toda vez que a criterio de este organismo no lo es aplicable el supuesto restrictivo a la situación legal que guardaba al momento de presentar la solicitud.

Recomendación

17/10

Documento

Estatus

Aceptada, pruebas de cumplimiento parcial.

Impugnada

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Saucillo

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted Profr. Alejandro Guerrero Muñoz, en su calidad de Presidente del H. Ayuntamiento del Municipio de Saucillo, para que en sesión del órgano colegiado se analice y determine la regularización de los estados que guardan los créditos de los quejosos con INFONAVIT,
ello en base a las consideraciones, omisiones detectadas y argumentaciones expresadas en la presente resolución.
SEGUNDA: Gire sus instrucciones, a efecto de que se radique procedimiento disciplinario con objeto de investigar, identificar y determinar la responsabilidad administrativa de los servidores públicos que han omitido realizar el pago oportuno de las amortizaciones de los créditos que poseen los trabajadores municipales con el INFONAVIT, ello no obstante que oportunamente les han sido descontados, sin embargo las cantidades no han sido enteradas al instituto, sin que exista una resolución Jurisdiccional que lo justifique o se haya declarado al municipio como sujeto no obligado.

Recomendación

18/10

Documento

Estatus

Impugnada

Autoridad(es)

Registro Civil en el Estado

Recomendaciones

ÚNICA: - A Usted Lic. Gloria Guadalupe Domínguez Domínguez, Directora del Registro Civil, gire sus instrucciones para que en los Servidores Públicos de la Dirección a su cargo, hagan efectiva y den cabal cumplimiento a lo establecido por la Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-1993, Para la Prevención y Control de la Infección por Virus de la Inmunodeficiencia Humana.

Recomendación

19/10

Documento

Estatus

Aceptada, pruebas de cumplimiento parcial

Autoridad(es)

Procuraduría General de Justicia en el Estado

Recomendaciones

ÚNICA: A Usted C. M.D.P. PATRICIA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Procuradora General
de Justicia en el Estado, gire sus instrucciones a efecto de que a la brevedad posible se realicen las actuaciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos precisados en las indagatorias que nos ocupan, y en su momento se resuelva conforme a derecho sobre el ejercicio de la acción penal y de reparación del daño que proceda.

Recomendación

20/10

Documento

Estatus

Aceptada, pruebas de cumplimiento parcial

Autoridad(es)

Secretaría de Salud

Recomendaciones

ÚNICA: A Usted Lic. Octavio Rodrigo Martínez Pérez, Secretario de Salud, gire sus instrucciones para el efecto de que los Centros de Rehabilitación cumplan cabalmente el contenido de la Norma
Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-1999 Para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones, en específico para que se abstengan de retener e impedir el egreso de las personas que se encuentran internadas, so pretexto de no haber liquidado la cuota de recuperación o por sostener algún adeudo con motivo del servicio brindado.

Recomendación

21/10

Documento

Estatus

Cumplida

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Cuauhtémoc

Recomendaciones

PRIMERA: A usted DR. GERMÁN R. HERNÁNDEZ ARZAGA, Presidente Municipal de Cuauhtémoc, gire sus instrucciones para que en la esfera administrativa de su competencia, se inicie y concluya la elaboración de un reglamento interno propio para el centro de reinserción social, que venga a
otorgar mayor seguridad y certeza jurídica en las relaciones con los internos, en la instrumentación de procedimientos disciplinarios e imposición de sanciones.
SEGUNDA: A Usted mismo, gire sus instrucciones al personal directivo del Centro de Reinserción Social, a efecto de que en los procedimientos disciplinarios que se apliquen a los internos, observen los principios de legalidad, objetividad e imparcialidad contenidos en las disposiciones legales antes citadas.
TERCERA: Así también, se sirva proveer que el personal directivo, de custodia y seguridad del centro de reinserción social, reciban los cursos de capacitación y adiestramiento necesarios, a efecto de que al desplegar sus funciones, lo realicen dentro de un respeto irrestricto a los derechos fundamentales de los internos, conforme a lo antes expuesto.

Recomendación

22/10

Documento

Estatus

Aceptada, pruebas de cumplimiento parcial

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Cuauhtémoc

Recomendaciones

ÚNICA:  A Usted DR. GERMÁN HERNÁNDEZ ARZAGA, Presidente Municipal de Cuauhtémoc, se instaure procedimiento disciplinario, con el objeto de investigar y determinar la responsabilidad administrativa de los servidores públicos involucrados, en el cual se consideren los argumentos y evidencias analizadas en esta resolución, y en su oportunidad se impongan las sanciones que a derecho correspondan.

Recomendación

23/10

Documento

Estatus

Aceptada, pruebas de cumplimiento parcial

Autoridad(es)

Secretaría General de Gobierno del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: - A Usted, Lic. Graciela Ortiz González, Secretaria General de Gobierno, continuar desarrollando las acciones del Plan de Movilidad Urbana Sustentable con el objetivo de coadyuvar con la economía de los usuarios del Transporte Colectivo Urbano.
SEGUNDA: - Así mismo se informe públicamente las acciones que se vayan instrumentando para su implementación.

Recomendación

02/22

Documento

Estatus

Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada

Fiscalía General del Estado: No aceptada

Acto(s) Violatorio(s)

Violaciones al Derecho a la Dignidad.

Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.

Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Autoridad(es)

Secretaría de Seguridad Pública Estatal

Fiscalía General del Estado 

Recomendaciones

PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.

Recomendaciones 2022