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Comisión Estatal de los
Derechos Humanos de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTí

Comisión Estatal de los Derechos Humanos
de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTi

Comisión Estatal de los
Derechos Humanos de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTí

Comisión Estatal de los Derechos Humanos
de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTi

H. Congreso del Estado

Fiscalía General del Estado

Junta Central de Agua y Saneamiento del Estado

Presidencia Municipal de Aquiles Serdán

Presidencia Municipal de Chihuahua

Presidencia Municipal de Cuauhtémoc

Presidencia Municipal de Delicias

Presidencia Municipal de Guerrero

Presidencia Municipal de Juárez

Secretaría de Educación, Cultura y Deporte

Secretaría de Salud

Recomendación

24/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Igualdad Jurídica, en la modalidad de discriminación

Autoridad(es)

H. Congreso del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, DIP. LUIS
FERNANDO RODRÍGUEZ GINER, Presidente del H. Congreso
del Estado de Chihuahua, se sirva tomar las providencias
necesarias a efecto de considerar la Propuesta 2/2013 de fecha
18 de diciembre de 2013, emitida por esta Comisión Estatal de los
Derechos Humanos, en donde se solicita se analicen y resuelvan
sobre las reformas necesarias al artículo 791 inciso c) del Código
Administrativo del Estado de Chihuahua, para eliminar el requisito
de la edad máxima de 45 años para poder ingresar como maestro
del sistema escolar, ya que esta disposición resulta discriminatoria
por razón de la edad.
SEGUNDA: A Usted MTRO. JOSÉ MIGUEL SALCIDO
ROMERO, Secretario de Educación, Cultura y Deporte, se sirva
tomar las providencias necesarias a efecto de analizar y resolver
sobre la continuidad de “A” en el desempeño de las funciones
inherentes a la plaza de docente que le fue asignada mediante
concurso, o en su defecto, se proceda a determinar la
indemnización que en derecho proceda.

Recomendación

03/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal en la modalidad de tortura.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC.
JORGE ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del
Estado, se sirva girar sus instrucciones a efecto de que se
instruya procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra
de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos
referidos, en la que se consideren los argumentos y las
evidencias analizadas en la presente resolución y en su caso, se
impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: Gire sus instrucciones a efecto de que se garantice
el respeto a los derechos humanos de las personas que se
encuentran en los centros de detención, en el caso específico, en
el Complejo Estatal de Seguridad Pública, lugar en el que refirió
el quejoso, haber sido víctima de tortura.

Recomendación

06/15

Documento

Estatus

Aceptada y cumplida

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de lesiones.

Derecho a la Libertad, en la modalidad de detención ilegal.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC.
JORGE ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del
Estado, para que gire sus instrucciones a efecto de que se
instruya procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra
de los servidores públicos adscritos a la Policía Estatal Única
que participaron en los hechos analizados en la presente
resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que en
derecho correspondan y se resuelva lo referente a la reparación
del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que a la brevedad posible se
agoten las diligencias correspondientes a la carpeta de
investigación “H” y se resuelva la misma conforme a derecho
proceda.
TERCERA: A usted mismo, ordene las medidas administrativas
tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a los
derechos humanos de similar naturaleza a las acontecidas en el
presente asunto.

Recomendación

07/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado, se sirva girar
sus instrucciones a efecto de que se instruya procedimiento
dilucidatorio de responsabilidad en contra de los servidores públicos
pertenecientes a la Policía Estatal Única, que hayan intervenido en los
hechos referidos, en la cual se consideren los argumentos y las
evidencias analizadas en la presente resolución y en su caso, se
impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: Gire sus instrucciones al Fiscal de Atención a Víctimas y
Ofendidos del Delito, a efecto de que se rindan oportunamente los
informes requeridos por esta Comisión, en los términos de ley y se
acompañe la documentación que los soporte.
TERCERA: - A usted mismo, gire sus instrucciones a efecto de que se
garantice el respeto a los derechos humanos de las personas que se
encuentran en los centros de detención, en el caso específico, en el
Complejo Estatal de Seguridad Pública.

Recomendación

08/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, en la modalidad de irregularidades en la integración de la carpeta de investigación.

Derechos de las Víctimas en la modalidad de omitir en brindar asesoría jurídica e información sobre el desarrollo del procedimiento.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted Lic. Jorge
Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus
instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento dilucidatorio
de responsabilidades, en contra de los servidores públicos implicados
en los hechos motivo de la queja, en el que se tomen en consideración
las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución y
en su caso se resuelva sobre las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A Usted mismo, gire sus instrucciones al Fiscal
Especializado en Atención a Víctimas y Ofendidos del Delito, a efecto
de rendir oportunamente el informe de ley ante este Organismo, y se
acompañe con la documentación que le de sustento y soporte.
TERCERA: Se ordenen las medidas administrativas tendientes a
garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de
naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis.

Recomendación

11/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en su modalidad de tortura.

Derecho a la Inviolabilidad del Domicilio de las Víctimas.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado, se
sirva girar sus instrucciones a efecto de que se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidad, en contra de los
servidores públicos pertenecientes a la Fiscalía General del
Estado que hayan intervenido en los hechos referidos, en el cual
se consideren los argumentos y las evidencias analizadas en la
presente resolución y en su caso, se impongan las sanciones
que correspondan y se determine lo procedente en cuanto a una
eventual reparación del daño.
SEGUNDA: . Gire instrucciones para que se dé de alta a “B” y “C”
ante el Registro Nacional de Víctimas, conforme al artículo 96 de
la Ley General de Víctimas, con el propósito de que puedan
ejercer todos los derechos que otorga la misma ley, así como la
Ley de Atención y Protección a Víctimas u Ofendidos del Delito
del Estado de Chihuahua.
TERCERA: Se tomen las medidas administrativas que se
estimen pertinentes, tendientes a evitar violaciones ulteriores por
parte del personal de la Fiscalía General del Estado, de
naturaleza similar a las analizadas en la presente resolución.

Recomendación

12/15

Documento

Estatus

No aceptada

Acto(s) violado(s)

Derecho de Petición.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado,
para que se dé respuesta por escrito en breve término a los
planteamientos realizados por “A”, recibidos en fecha 22 de
agosto de 2014.
SEGUNDA: Se adopten las medidas administrativas necesarias,
a efecto de que en el futuro, se respete el derecho de petición
dando respuesta en los términos establecidos y se evite la
repetición de violaciones similares a la acontecida en el caso bajo
análisis.

Recomendación

14/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Violación al  Derecho la propiedad, en la modalidad de robo y daños materiales.

Derecho a la Intimidad, en la modalidad de allanamiento de morada

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado, gire
sus instrucciones para que se instruya procedimiento dilucidatorio
de responsabilidades, en contra de los servidores públicos adscritos
a la Policía Estatal Única, que participaron en los hechos analizados
en la presente resolución, en el cual se consideren los argumentos
esgrimidos, para efecto de que se determine el grado de
responsabilidad en que hayan incurrido, y en su caso se impongan
las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A Usted mismo, se resuelva lo procedente en cuanto a
la reparación del daño que en su caso corresponda a los
agraviados, por las afectaciones sufridas.
TERCERA: : Se ordenen las medidas administrativas tendientes a
garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de
naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis.
CUARTA: Se establezca un protocolo de actuación para los
elementos de la Policía Estatal Única del Estado, sobre el uso de la
fuerza y el respeto a los derechos humanos y se les proporcione
capacitación en dichas materias.
QUINTA: Se colabore ampliamente con esta Comisión Estatal, en
el seguimiento e inscripción de “A” y “B” en el Fondo de Ayuda,
Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley General de
Víctimas y, se remitan las constancias que acrediten su
cumplimento.

Recomendación

15/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho de Legalidad y Seguridad Jurídica, en la modalidad de procuración de justicia.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado,
se sirva girar sus instrucciones a efecto de que se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra de los
servidores públicos que hayan intervenido en los hechos
referidos, en el que se consideren los argumentos y las
evidencias analizadas en la presente resolución y en su caso, se
impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo, para que se analice y determine la
efectiva reparación integral del daño ocasionado con motivo de la
actividad administrativa irregular en perjuicio de “A”, en la que se
incluya la indemnización que a derecho corresponda, tomando
en cuenta las evidencias y razonamientos esgrimidos en la
presente resolución.
TERCERA: - Gire sus instrucciones a efecto de que se tomen las
medidas administrativas necesarias, para garantizar la no
repetición de actos violatorios como los aquí analizados
consistentes en abstenerse de investigar hechos denunciados
como posibles delitos, así mismo, para que las investigaciones
se integren en tiempo y forma, garantizando en todo momento
los derechos de las víctimas del delito.

Recomendación

17/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado, se
sirva girar sus instrucciones a efecto de que instruya procedimiento
dilucidatorio de responsabilidad en contra de los servidores públicos
pertenecientes a la Policía Estatal Única, que hayan intervenido en los
hechos referidos, en la cual se consideren los argumentos y las
evidencias analizadas en la presente resolución y en su caso, se
impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A usted, LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado, se
sirva girar sus instrucciones a efecto de que instruya procedimiento
dilucidatorio de responsabilidad en contra de los servidores públicos
pertenecientes a la Policía Estatal Única, que hayan intervenido en los
hechos referidos, en la cual se consideren los argumentos y las
evidencias analizadas en la presente resolución y en su caso, se
impongan las sanciones que correspondan.
TERCERA: Gire sus instrucciones a efecto de que en los Centros de
Reinserción Social se otorguen las condiciones y facilidades
necesarias para que el personal de este organismo pueda desarrollar
sus actuaciones y diligencias sin intervenciones e interferencias
ilícitas que afectan la confidencialidad y objetividad.
CUARTA: A usted mismo, para que se ordenen las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones
a los derechos humanos, de similar naturaleza a las acontecidas en el
presente asunto.
QUINTA: Se colabore ampliamente con esta Comisión Estatal, en el
seguimiento e inscripción de “A” en el Fondo de Ayuda, Asistencia y
Reparación Integral, previsto en la Ley General de Víctimas y, se
remitan las constancias que acrediten su cumplimiento.

Recomendación

19/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial.

Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Intimidad, en la modalidad de allanamiento de vivienda.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted, LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, FISCAL GENERAL DEL
ESTADO, gire sus instrucciones a quien corresponda, para
efecto de que se instaure el procedimiento administrativo
dilucidario de responsabilidades, en contra de los servidores
públicos implicados en los hechos motivo de la queja, en el que
se tomen en consideración las evidencias y razonamientos
esgrimidos en la presente, y en su caso se impongan las
sanciones que correspondan.
SEGUNDA: - Se ordenen las medidas administrativas tendientes
a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos,
de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo
análisis.

Recomendación

22/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.

Derecho de la libertad, en la modalidad de detención ilegal.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted LIC. JORGE E. GONZÁLEZ
NICOLÁS, en su carácter de FISCAL GENERAL DEL ESTADO, gire sus
instrucciones para que se instruya procedimiento dilucidatorio de
responsabilidad en contra de los servidores públicos que hayan tenido
participación en los hechos analizados en la presente resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos y evidencias analizadas, y en su caso se impongan las sanciones que correspondan y se determine lo referente a una eventual reparación del daño que le pudiera corresponder a “A”.
SEGUNDA: Se giren instrucciones a la Fiscalía Especializada en Atención a
Víctimas y Ofendidos del Delito para que, se rindan en tiempo y forma dentro de los términos de ley los informes que le sean solicitados por esta Comisión, incluyendo la documentación de los actos u omisiones impugnados, así como todos los documentos de información que se le requieran en asuntos de competencia de esta Comisión Estatal, con base en lo apuntado en el numeral 28 de esta resolución.
TERCERA: A Usted mismo, gire las instrucciones necesarias a efecto de que
en lo sucesivo se garantice la no repetición de humanos como las aquí analizadas.

Recomendación

23/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal en la modalidad de tortura.

Derecho a la libertad, en la modalidad de detención ilegal.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC. JORGE ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS,
Fiscal General del Estado, se sirva girar sus instrucciones a efecto de
que se instruya procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra
de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos
referidos, en el que se consideren los argumentos y las evidencias
analizadas en la presente resolución y en su caso, se impongan las
sanciones que correspondan.
SEGUNDA: - A usted mismo, para que se analice y determine la efectiva
reparación integral del daño ocasionado con motivo de la actividad
administrativa irregular en perjuicio de “B”, “E”, “F” y “G”, en la que se incluya la reparación integral del daño que a derecho corresponda,
tomando en cuenta las evidencias y razonamientos esgrimidos en la
presente resolución,.
TERCERA: A usted mismo, para que se ordenen las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a
los derechos humanos, de similar naturaleza a las acontecidas en el
presente asunto, garantizando en todo momento que no se afecte el
núcleo esencial de los derechos de los impetrantes, adoptando en
todo momento, medidas para garantizar la seguridad, protección,
bienestar físico y psicológico e intimidad de las víctimas.
CUARTA: Se colabore ampliamente con esta Comisión Estatal, en el
seguimiento e inscripción de “B”, “E”, “F” y “G”, en el Fondo de Ayuda,
Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley General de Víctimas
y, se remitan las constancias que acrediten su cumplimiento.

Recomendación

25/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial.

Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Rechazada.

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Seguridad Jurídica en la modalidad a la presunción de inocencia.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado,
gire sus instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento
administrativo dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los
servidores públicos implicados en los hechos de la presente queja,
en los que se tomen en consideración las evidencias y
razonamientos esgrimidos y en su caso se impongan las
sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo, se realicen las acciones necesarias
para hacer efectivo el derecho de rectificación de las notas
periodísticas que le asiste al quejoso, desde luego absorbiendo el
costo de la inserción con cargo a la Fiscalía General del Estado
como parte de la reparación del daño.
TERCERA: Se ordenen las medidas administrativas tendientes a
garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de
naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis.
Considerando la pertinencia de la elaboración de un protocolo que
regule lo relativo a la presentación de personas detenidas ante los
medios de comunicación.

Recomendación

26/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial.

Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Rechazada.

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Libertad Personal, en la modalidad de detención ilegal.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado,
para que se inicie procedimiento administrativo de responsabilidad
al agente “C” que participó en la detención de “A” el día 29 de julio
de 2014.
SEGUNDA: A usted, LIC. OSCAR EUGENIO BAEZA FARES,
Presidente Municipal de Chihuahua para que se inicie
procedimiento administrativo de responsabilidad a la agente “B”
que participó en la detención de “A” el día 29 de julio de 2014.
TERCERA: - A las dos autoridades, para que adopten las medidas
administrativas necesarias, a efecto de que en el futuro, se evite la
repetición de violaciones similares a la acontecida en el caso bajo
análisis.

Recomendación

28/15

Documento

Estatus

No aceptada

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, en la modalidad de dilación para resolver conforme a derecho una carpeta de investigación.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC.
JORGE ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal
General del Estado, se sirva girar sus instrucciones a
efecto de que se instruya procedimiento dilucidatorio de
responsabilidad en contra de los servidores públicos que
hayan intervenido en los hechos referidos, en el que se
consideren los argumentos y las evidencias analizadas
en la presente resolución y en su caso, se impongan las
sanciones que correspondan.
SEGUNDA: Gire sus instrucciones a efecto de que se
realicen a la brevedad las diligencias necesarias para
cumplimentar la investigación de los hechos denunciados
por “A”, y en su oportunidad se resuelva lo que conforme
a derecho corresponda.

Recomendación

29/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado, se
sirva girar sus instrucciones a efecto de que se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en el ámbito
administrativo contra de los servidores públicos que hayan
intervenido en los hechos referidos, en el que se consideren los
argumentos y las evidencias analizadas en la presente resolución
y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan y se
considere la reparación integral del daño.
SEGUNDA: A Usted mismo Lic. Jorge Enrique González Nicolás,
Fiscal General en el Estado, gire instrucciones para que en de la
Carpeta de Investigación “M”, iniciada con motivo de los hechos
denunciados por el impetrante, realicen a la brevedad posible las
diligencias tendientes al esclarecimiento de los hechos y en su
oportunidad se determine lo que a derecho corresponda.
TERCERA: - A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos
como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de
la elaboración de un protocolo que permita garantizar la protección
de la integridad de las personas desde el momento de su
detención hasta la puesta a disposición del Juez de Garantía.

Recomendación

30/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado,
para que gire sus instrucciones a efecto de que se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra de los
servidores públicos adscritos a la Fiscalía General del Estado, que
participaron en los hechos analizados en la presente resolución, y
en su caso, se impongan las sanciones que en derecho
correspondan y se resuelva lo referente a la reparación del daño.
SEGUNDA: Gire sus instrucciones al Fiscal de Atención a
Víctimas y Ofendidos del Delito, a efecto de que se rindan
oportunamente los informes requeridos por esta Comisión.
TERCERA: - A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos
como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de
la elaboración de un protocolo que permita garantizar la protección
de la integridad de las personas desde el momento de su
detención hasta la puesta a disposición del Juez de Garantía.

Recomendación

31/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.

Derecho a la Intimidad en la modalidad de allanamiento de morada.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado, gire
sus instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento
administrativo de responsabilidad, en contra de los servidores
públicos implicados en los hechos de la presente queja, en los que
se tomen en consideración las evidencias y razonamientos
esgrimidos y en su caso se impongan las sanciones que
correspondan y se determine lo procedente en cuanto a la
reparación integral del daño que pudiera corresponder a los
agraviados.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas, tendientes a evitar la repetición de hechos
semejantes a los denunciados en la presente indagatoria, se valore
la necesidad imperiosa de elaborar un protocolo que permita
garantizar la protección de la integridad de las personas, desde el
momento de su detención, hasta su puesta a disposición ante el
Juez de Garantía.

Recomendación

32/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Vida en la modalidad de desaparición forzada.

Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica en la modalidad de negligencia en la procuración de justicia.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted C. LIC. JORGE
GONZALEZ NICOLAS, Fiscal General del Estado, se sirva girar
sus instrucciones, con el objeto de que se prosiga con la indagatoria
iniciada por motivo de la desaparición de “B”, toda vez que hasta
este momento, aún se desconoce su paradero.
SEGUNDA: : A usted mismo, gire las instrucciones necesarias para
que se continúe conforme a derecho, con la secuela procedimental
respecto a la causa penal “G2”.
TERCERA: : Conforme a sus facultades y atribuciones, se analice la
pertinencia de establecer una base de datos de acceso al público,
con la protección de datos personales y secrecía de las
indagatorias, en la que se puedan consultar, los datos de aquellas
personas del sexo masculino que se encuentran desaparecidas.
CUARTA: Se giren instrucciones a quien corresponda para que en
lo subsecuente, se rindan en tiempo y forma, los informes que sean
solicitados por esta Comisión.
QUINTA: A usted C. LIC. HELIODORO JUAREZ GONZALEZ,
Presidente Municipal de Cuauhtémoc, para que se instaure el
procedimiento de dilucidación de responsabilidad administrativa, en
contra del servidor público adscrito a la dirección de vialidad “F”,
para que se determine el grado de responsabilidad en que haya
incurrido y en su caso se impongan las sanciones que a derecho
corresponda.

Recomendación

10/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Propiedad, en la modalidad de negativa para reparar daños.

Autoridad(es)

Junta Central de Agua y Saneamiento del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted, DR.
CARLOS DANIEL ALONSO GUZMAN, Presidente de la Junta
Central de Agua y Saneamiento del Estado, se sirva girar
instrucciones a efecto de la supresión del derrame de agua y
lodo de la planta potabilizadora al predio del impetrante.
SEGUNDA: A Usted mismo, para que ordene se inicie
investigación de manera ágil y oportuna, a efecto de cuantificar
de manera objetiva los daños y perjuicios ocasionados y en su
oportunidad se indemnice al quejoso.
TERCERA: Se valore la viabilidad de establecer servidumbre
voluntaria en el terreno ubicado con las coordenadas
geográficas 27º57 12 N–107º37”07”W, con el fin de que el
impetrante ingrese sin dificultad a su predio.<

Recomendación

05/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Propiedad, en la modalidad de daños materiales.

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Aquiles Serdán

Recomendaciones

PRIMERA: - A Usted, C.
JORGE ADÁN PÉREZ PÉREZ Presidente Municipal de Aquiles
Serdán, gire instrucciones a quien corresponda para que se
instaure procedimiento administrativo, en el que se analice y
resuelva sobre la procedencia de indemnización que pudiera
corresponder a “A”, por los daños sufridos en la puerta de su
vivienda, a la luz de los hechos, argumentaciones y evidencias
detallados en la presente resolución
SEGUNDA: - A Usted mismo, gire sus instrucciones para que se
inicie el procedimiento administrativo dilucidatorio de
responsabilidades, en contra de los servidores públicos
involucrados en los hechos motivo de la presente resolución.
TERCERA: a Usted mismo, se tomen las medidas necesarias
para que en lo sucesivo, se rindan a este organismo de manera
oportuna, los informes que por ley correspondan.

Recomendación

09/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal en la modalidad de lesiones.

Derecho a la Libertad, en la modalidad de detención ilegal e incomunicación.

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Chihuahua

Recomendaciones

PRIMERA: A usted Ingeniero
JAVIER ALFONSO GARFIO PACHECO, Presidente Municipal
de Chihuahua, gire sus instrucciones a quien corresponda, para
efecto de que se instaure el procedimiento administrativo
dilucidario de responsabilidades, en contra de los servidores
públicos implicados en los hechos motivo de la queja, en el que
se tomen en consideración las evidencias y razonamientos
esgrimidos en la presente, y en su caso se impongan las
sanciones que correspondan.
SEGUNDA: Se emitan los puntos y las directrices pertinentes
para que se resguarden de manera confidencial y adecuada, los
datos y demás información de las personas que sean sujetos a
algún procedimiento ante las autoridades municipales, sobre
todo en el caso de menores de edad.

Recomendación

18/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de lesiones y uso excesivo de la fuerza.

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Delicias

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, C.P. JAIME
BELTRÁN DEL RÍO, Presidente Municipal de Delicias, para
que gire sus instrucciones a efecto de que se instaure
procedimiento administrativo dilucidatorio de responsabilidad, en
contra de los servidores públicos implicados en los hechos de la
presente queja, en los que se tomen en consideración las
evidencias y razonamientos esgrimidos y en su caso se
impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo para que se ordenen las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de
violaciones a los derechos humanos de similar naturaleza a las
acontecidas en el presente asunto.

Recomendación

01/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica en la modalidad de inejecución de laudo.

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Guerrero

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted, C. LIC.
EFRAÍN HERNÁNDEZ CABALLERO, en su calidad de
Presidente del Ayuntamiento de Guerrero, someta a
consideración de ese órgano colegiado del municipio, a efecto
de que se instruya procedimiento administrativo al Presidente del
Tribunal de Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del
Municipio de Guerrero, en el que se analicen las evidencias y
razonamientos esgrimidos en la presente, y en su caso, se
impongan las sanciones que en derecho correspondan.
SEGUNDA: A Usted, C. LIC. HÉCTOR MANUEL GRANADOS
ARANA, Presidente del Tribunal de Arbitraje para los
Trabajadores al Servicio del Municipio de Guerrero, se realicen a
la brevedad, las actuaciones necesarias para que se ejecute
conforme a derecho proceda, el laudo dictado dentro del
procedimiento identificado.

Recomendación

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Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal.

Derecho a la Libertad, en la modalidad de tortura, amenazas e incomunicación.

Derecho a la Legalidad, en la modalidad de detención ilegal y allanamiento de morada.

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Juárez

Recomendaciones

PRIMERA: - A usted C. LIC.
ENRIQUE SERRANO ESCOBAR, en su carácter de Presidente
Municipal de Juárez, gire instrucciones para que se instruya
procedimiento administrativo en contra de los servidores
públicos adscritos a la Secretaria de Seguridad Pública
Municipal, que participaron en los hechos analizados en la
presente resolución, en el cual se consideren los argumentos
esgrimidos, para efecto de que se determine el grado de
responsabilidad en que hayan incurrido, y en su caso se
impongan las sanciones que correspondan y se denuncien los
hechos a la autoridad competente.
SEGUNDA: A Usted mismo, se resuelva lo procedente en
cuanto a una eventual reparación del daño en favor de la
quejosa y de los agraviados por las afectaciones sufridas.
TERCERA: Se colabore con esta Comisión Estatal, en el
seguimiento e inscripción de “B” en el Fondo de Ayuda,
Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley General de
Víctimas.

Recomendación

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Documento

Estatus

Aceptada

Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Acto(s) violado(s)

Derechos a la Vida, en la modalidad de muerte en custodia

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Juárez

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC.
ENRIQUE SERRANO ESCOBAR, Presidente Municipal de
Juárez, gire sus instrucciones a quien corresponda, para
efecto de que al momento de emitir la resolución dentro del
procedimiento administrativo de responsabilidades número
“R”, en contra de los servidores públicos implicados en los
hechos motivo de la queja, se tomen en consideración las
evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente y, en
su caso, se resuelva sobre las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: : A usted mismo, para que en Sesión de Cabildo se
analice y determine la efectiva reparación, integral del daño
ocasionado con motivo del deceso de "A", en la que se
incluya la indemnización que a derecho corresponda,
tomando en cuenta las evidencias y razonamientos
esgrimidos en la presente.
TERCERA: A usted mismo para que se ordenen las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de
violaciones a los derechos humanos de similar naturaleza a
las acontecidas en el presente asunto.
CUARTA:  Se colabore ampliamente con esta Comisión
Estatal, en el seguimiento e inscripción de “A” en el Fondo
de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley
General de Victimas y, se remitan las constancias que
acrediten su cumplimento.

Recomendación

16/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Vida.

 Derecho la Integridad y Seguridad Personal a partir del del ejercicio indebido de la fuerza pública.

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Juárez

Recomendaciones

PRIMERA: A usted C. LIC.
ENRIQUE SERRANO ESCOBAR, en su carácter de Presidente
Municipal de Juárez, gire instrucciones para que se instaure
procedimiento dilucidatorio en contra de los servidores públicos
adscritos a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, que
participaron en los hechos analizados en la presente resolución,
en el cual se consideren los argumentos esgrimidos, a efecto de
que se determine el grado de responsabilidad en que hayan
incurrido.
SEGUNDA: A Usted mismo, se resuelva además, dentro del
procedimiento que al efecto se instaure, lo procedente en cuanto
a la reparación del daño que les pueda corresponder a las
víctimas de violaciones a derechos humanos identificadas en la
presente resolución.
TERCERA: Se colabore ampliamente con esta Comisión
Estatal, en el seguimiento e inscripción de “A” en el Fondo de
Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, prevista en el Título
Octavo de la Ley General de Víctimas y, se remitan las
constancias que acrediten su cumplimiento.

Recomendación

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Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal de las menores internas, en la modalidad de lesiones, tratos indignos e inhumanos.

 

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Juárez

Recomendaciones

PRIMERA: A usted C. LIC.
ENRIQUE SERRANO ESCOBAR, en su carácter de Presidente
Municipal de Juárez, gire instrucciones para que se instaure
procedimiento dilucidatorio en contra de los servidores públicos
que participaron en los hechos analizados en la presente
resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos,
a efecto de que se determine el grado de responsabilidad en que
hayan incurrido.
SEGUNDA: - A usted mismo, para en caso de que los servidores
públicos involucrados en esta resolución, si actualmente se
encuentran al servicio de la Fiscalía General del Estado, se
coordine con el titular de la dependencia citada, a efecto de
realizar el procedimiento referido en el anterior punto.

Recomendación

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Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de lesiones.

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Juárez

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC. ENRIQUE
SERRANO ESCOBAR, Presidente Municipal de Juárez, para que gire sus
instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento administrativo
dilucidatorio de responsabilidad, en contra de los servidores públicos
implicados en los hechos de la presente queja, tomando en consideración
las evidencias y razonamientos esgrimidos y en su caso se impongan las
sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo, para que se ordenen las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a
los derechos humanos de similar naturaleza a las acontecidas en el
presente asunto.

Recomendación

27/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Vida

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Guerrero

Recomendaciones

PRIMERA: - A usted C. LIC. JAVIER
GONZÁLEZ MOCKEN, en su carácter de Presidente Municipal
de Juárez, gire sus instrucciones para que se instruya
procedimiento administrativo dilucidatorio de responsabilidades en
contra de los servidores públicos adscritos a la Secretaria de
Seguridad Pública Municipal, que participaron en los hechos
analizados en la presente resolución, en el cual se consideren los
argumentos esgrimidos, para efecto de que se determine el grado
de responsabilidad en que hayan incurrido, se impongan las
sanciones que correspondan y se resuelva lo correspondiente a la
reparación integral del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, gire las instrucciones necesarias
para que se capacite y evalúe periódicamente a los servidores
públicos adscritos a la Secretaria de Seguridad Pública Municipal
en los temas del uso de la fuerza, primeros auxilios, técnicas de
detención, sometimiento, aseguramiento, persuasión, negociación,
mediación, solución no violenta de conflictos, medios técnicos que
limiten el empleo de la fuerza y de las armas de fuego, manejo de
estrés; y que además se impartan nociones básicas de derecho
penal, administrativo y derechos humanos, a efecto de evitar la
repetición de actos como los analizados en esta resolución.

Recomendación

04/15

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Vida, en la modalidad de negligencia médica.

Autoridad(es)

Secretaría de Salud

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted,
Licenciado Pedro Genaro Hernández Flores, Secretario de
Salud, gire sus instrucciones a quien corresponda, para efecto
de que se instaure el procedimiento administrativo dilucidatorio
de responsabilidades, en contra del personal médico de “C”, que
le brindó inicialmente atención a “B”, en el que se tomen en
consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la
presente resolución, y en su caso se impongan las sanciones
que en derecho correspondan y se resuelva lo relativo a la
reparación del daño que pueda corresponder a los deudos de
“B”.
SEGUNDA: Se colabore ampliamente con esta Comisión
Estatal, en el seguimiento e inscripción de “B” en el Fondo de
Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley
General de Víctimas.

Recomendación

02/22

Documento

Estatus

Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada

Fiscalía General del Estado: No aceptada

Acto(s) Violatorio(s)

Violaciones al Derecho a la Dignidad.

Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.

Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Autoridad(es)

Secretaría de Seguridad Pública Estatal

Fiscalía General del Estado 

Recomendaciones

PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.

Recomendaciones 2022