Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.
Derechoa la libertad de expresión y libertad de tránsito, en la modalidad de detención ilegal.
Autoridad(es)
Dirección de Transporte en el Estado
Recomendaciones
PRIMERA: - A usted, Lic. Gustavo Morales
González, Director de Transporte en el Estado, para que sean
consideradas las deficiencias identificadas en el presente documento con el propósito de que se adopten las medidas pertinentes que permitan subsanar y atender las diversas problemáticas que aún prevalecen en el Sistema de Transporte Público en la ciudad de Chihuahua.
SEGUNDA: A usted, Lic. Jorge Enrique González Nicolás, Fiscal
General del Estado, gire sus instrucciones, a efecto de que se inicie
procedimiento dilucidatorio de responsabilidad con motivo del actuar de los servidores públicos involucrados en el presente asunto, en los que se tomen en consideración, las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, a fin de que se determine el grado de responsabilidad que pudiera corresponderles, en el cual se valore, además, la procedencia de la reparación del daño.
TERCERA: - Se giren instrucciones a quien corresponda para que en lo
subsecuente, se rindan en tiempo y forma y con la documentación suficiente que apoye los informes que sean solicitados por esta Comisión.
Recomendación
01/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, por actos contra la procuración de justicia
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, LIC. JORGE ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado, se sirva girar sus instrucciones a efecto de que se instruya procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos referidos, en el que se consideren los argumentos y las evidencias analizadas en la presente resolución y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan, procedimiento en el que se valore la procedencia de reparación de los posibles daños que con la tardanza se hayan ocasionado al quejoso.
SEGUNDA: A usted mismo, para que a la brevedad posible se agoten las diligencias correspondientes a la carpeta de investigación “H” y se resuelva la misma conforme a derecho proceda.
TERCERA: Gire sus instrucciones a efecto de que se tomen las medidas administrativas necesarias, para garantizar que las investigaciones se integren en tiempo y forma, garantizando en todo momento los derechos de las víctimas del delito.
Recomendación
03/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, por actos contra la procuración de justicia
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Juárez
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
Presidencia Municipal de Juárez
PRIMERA: Gire sus instrucciones, a efecto de que se prosiga con los procedimientos disciplinarios iniciados con motivo del actuar de los elementos de seguridad pública involucrados en el presente asunto, en los que se tomen en consideración, las evidencias y razonamientos esgrimidos, a fin de que se determine el grado de responsabilidad que pudiera corresponderles, en el cual se valore, además, la procedencia de la reparación del daño.
SEGUNDA: Se brinde capacitación al personal a su cargo; en materia de derechos humanos, con el objetivo de erradicar la repetición de este tipo de conductas.
Fiscalía General del Estado
PRIMERA: Gire sus instrucciones, para que se instruya procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra de los servidores públicos que hayan tenido participación en los hechos analizados en la presente resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos y las evidencias analizadas, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan y se determine lo referente a la reparación del daño que en derecho proceda.
SEGUNDA: Se brinde capacitación al personal a su cargo; en materia de derechos humanos; con el objetivo de erradicar la repetición de este tipo de conductas.
Recomendación
04/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, por actos contra la procuración de justicia
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Lic. Jorge Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, se sirva girar sus instrucciones a efecto de que se instruya procedimiento dilucidatorio de responsabilidad contra de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos referidos, en el que se consideren los argumentos y las evidencias analizadas en la presente resolución y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan y se
resuelva lo relativo a la reparación integral del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de la elaboración de un protocolo que permita garantizar la protección de la integridad de las personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición del Juez de Garantía.
Recomendación
06/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted Lic. Jorge Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos referidos, en el que se tomen en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución y en su caso se imponga la sanciones que correspondan y se resuelva lo relativo a la reparación integral del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de la elaboración de un protocolo que permita garantizar la protección de la integridad de las personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición de la autoridad judicial.
Recomendación
11/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura e incomunicación.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Lic. Jorge E.
González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus
instrucciones, para que se instruya procedimiento dilucidatorio
de responsabilidad en contra de los servidores públicos que
hayan tenido participación en los hechos analizados en la
presente resolución, en el cual se consideren los argumentos
esgrimidos y las evidencias analizadas, y en su caso, se
impongan las sanciones que correspondan y se determine lo
referente a la reparación del daño que en derecho proceda.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de
hechos como los que originan esta resolución, se valore la
pertinencia de la elaboración de un protocolo que garantice la
protección de la integridad de las personas desde el momento
de su det
TERCERA: Se ordene la continuación y resolución de la carpeta
de investigación que se haya formado con motivo de la vista que
dio este organismo, por la probable existencia del delito de
tortura, aludida en el párrafo 84 de esta resolución.
Recomendación
13/16
Documento
Estatus
No aceptada.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica e incumplimiento en la procuración de justicia, por la demora en la notificación del acuerdo de abstención de investigación.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted Lic. Jorge Enrique González Nicolás, Fiscal General del
Estado, gire sus instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos referidos, en el que se tomen en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución y en su caso se imponga la sanciones que correspondan.
SEGUNDA: Gire sus instrucciones a fin de que se ordenen las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis.
Recomendación
14/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de uso excesivo de la fuerza pública.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted Lic. Jorge
Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus
instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento
dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores
públicos implicados en los hechos motivo de la queja, en el que
se tomen en consideración las evidencias y razonamientos
esgrimidos en la presente resolución y en su caso se resuelva
sobre las sanciones y lo referente a la reparación del daño, que
correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos
como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de
la elaboración de un protocolo que permita garantizar la
protección de la integridad de las personas desde el momento de
su detención hasta la puesta a disposición del Juez de Garantía.
Recomendación
18/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted Lic. Jorge
Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire
sus instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento
dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores
públicos implicados en los hechos motivo de la queja, en el que
se tomen en consideración las evidencias y razonamientos
esgrimidos en la presente resolución y en su caso se resuelva
sobre las sanciones y lo referente a la reparación del daño, que
conforme a derecho correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de
hechos como los que originan esta resolución, se valore la
pertinencia de la elaboración de un protocolo que garantice la
protección de la integridad de las personas desde el momento
de su detención hasta la puesta a disposición de la autoridad
judicial.
TERCERA: - Se ordene la iniciación o continuación y resolución
de la carpeta de investigación que corresponda, con motivo de la
vista que dio este organismo, por la probable existencia del
delito de tortura, aludida en el párrafo 41 de esta resolución.
Recomendación
19/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal con actos de tortura.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Lic. Jorge
Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire
instrucciones para que se inicie procedimiento dilucidatorio de
responsabilidad, en relación con el actuar de los agentes
involucrados en el presente asunto, tomando en cuenta, las
evidencias y razonamientos esgrimidos, a fin de que se determine
el grado de responsabilidad que pudiera corresponderles, en el
cual se valore además, la procedencia de la reparación del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos
como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de
la elaboración de un protocolo que permita garantizar la
protección de la integridad de las personas desde el momento de
su detención hasta la puesta a disposición del Juez de Garantía.
Recomendación
20/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Lic. Jorge González Nicolás, Fiscal
General del Estado, gire instrucciones para que se inicie
procedimiento dilucidatorio de responsabilidad, en relación con el
actuar de los elementos de la Policía Estatal Única involucrados
en el presente asunto, tomando en cuenta, las evidencias y
razonamientos esgrimidos, a fin de que se determine el grado de
responsabilidad que pudiera corresponderles, en el cual se valore,
además, la procedencia de la reparación del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos
como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de
la elaboración de un protocolo que permita garantizar la
protección de la integridad de las personas desde el momento de
su detención hasta la puesta a disposición del Juez de Garantía.
Recomendación
21/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Acto(s) violado(s)
Derecho a su Honra y Reputación.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Lic. Jorge
Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus
instrucciones, para que se instruya procedimiento dilucidario de
responsabilidad en contra de los servidores públicos que hayan
tenido participación en los hechos analizados en la presente
resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos y
las evidencias analizadas, y en su caso, se impongan las
sanciones que correspondan y se determine lo referente a la
reparación del daño que en derecho proceda.
SEGUNDA: A usted mismo, se realicen las acciones necesarias
para hacer efectiva la rectificación de la nota periodística, derecho
que le asiste al quejoso, desde luego, absorbiendo el costo de la
publicación con cargo a la Fiscalía General del Estado.
TERCERA: Se ordenen las medidas administrativas, tendientes
a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos,
de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo
análisis.
Recomendación
27/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Lic. Jorge
González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire
instrucciones para que se inicie procedimiento dilucidatorio de
responsabilidad, en relación con el actuar de los elementos de la
Policía Estatal Única involucrados en el presente asunto,
tomando en cuenta, las evidencias y razonamientos esgrimidos,
a fin de que se determine el grado de responsabilidad que
pudiera corresponderles, en el cual se valore, además, la
procedencia de la reparación del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de
hechos como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la
necesidad de la elaboración de un protocolo que permita
garantizar la protección de la integridad de las personas desde el
momento de su detención hasta la puesta a disposición del Juez
de Control.
Recomendación
28/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado,
sirva girar instrucciones para que se agilice la investigación por
probables actos de tortura en las carpetas de investigación “E” y
“R”, relativas a los impetrantes “A” y “B” para el pronto
esclarecimiento de los hechos.
SEGUNDA: A usted mismo, gire sus instrucciones a efecto de
que se instaure procedimiento dilucidatorio de responsabilidades,
en contra de los servidores públicos implicados en los hechos
motivos de la queja presentada por “A”, en el que se tomen en
consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la
presente resolución y en su caso se resuelva sobre las sanciones
y lo referente a la reparación del daño, que correspondan.
TERCERA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos
como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de
la elaboración de un protocolo que permita garantizar la
protección de la integridad de las personas desde el momento de
su detención hasta la puesta a disposición del Juez de Control.
Recomendación
30/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Intimidad en la modalidad de allanamiento de morada.
Derecho a la Propiedad, en la modalidad de daños.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado,
se sirva girar sus instrucciones a efecto de que se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de
los servidores públicos pertenecientes a la Fiscalía General del
Estado que hayan intervenido en los hechos referidos, en el cual
se consideren los argumentos y las evidencias analizadas en la
presente resolución y en su caso, se impongan las sanciones
que correspondan.
SEGUNDA: Se tomen las medidas necesarias para esclarecer el
robo que dice haber sufrido “A” en sus pertenencias por parte de
los mismos agentes investigadores, y se le reparen los daños
causados al agraviado.
TERCERA: Se tomen las medidas administrativas pertinentes,
tendientes a evitar violaciones ulteriores por parte del personal
de la Fiscalía General del Estado, de naturaleza similar a las
analizadas en la presente resolución.
Recomendación
32/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Seguridad Social.
Derechoa la Igualdad, en la modalidad de discriminación de género.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Lic. Jorge Enrique
González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus
instrucciones, para que se instruya procedimiento administrativo en
contra de los servidores públicos que hayan tenido participación en
los hechos analizados en la presente resolución, en el cual, se
consideren los argumentos esgrimidos y las evidencias analizadas, y
en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: - A usted mismo, se determine lo referente a la
reparación del daño que en derecho proceda a favor de “A”.
TERCERA: Se brinde capacitación al personal a su cargo en
materia de derechos humanos con el objetivo de erradicar la
repetición de este tipo de actuaciones.
Recomendación
33/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal,
en la modalidad de tortura.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted C. LIC. JORGE ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado, se sirva girar sus instrucciones a efecto de que se instruya procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos referidos, en el que se consideren los argumentos y las evidencias analizadas en la presente resolución y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: - A usted mismo, para que se analice y determine la efectiva reparación integral del daño ocasionado con motivo de la actividad administrativa irregular en perjuicio de “B” y “D”, tomando en cuenta las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución.
TERCERA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas
tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de la elaboración de un protocolo que permita garantizar la protección de la integridad de las personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición del Juez de Control.
Recomendación
34/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Presunción de Inocencia que le asiste a todo imputado.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted, LIC. JORGE E. GONZÁLEZ NICOLÁS,
FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, se ordenen las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición actos de naturaleza similar a los analizados, y para una mayor protección a derechos humanos, se elabore un protocolo referente a la presentación de personas detenidas y/o sus datos sensibles ante los medios de comunicación.
Recomendación
35/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de uso ilegal la fuerza.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted Lic. Jorge Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento dilucidatorio de responsabilidad administrativa y penal, en contra de los servidores públicos implicados en los hechos motivo de la queja, en el que se tomen en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución y en su caso se resuelva sobre las sanciones y lo referente a la reparación del daño, que correspondan.
Recomendación
36/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: - A Usted LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, FISCAL GENERAL DEL ESTADO, se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores públicos adscritos a la Policía Estatal Única división Investigación y Agentes del Ministerio Público, que participaron en los hechos analizados en la presente resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos, para efecto de que se determine el grado de responsabilidad en que hayan incurrido, y en su caso se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo, se resuelva lo procedente en cuanto a una eventual reparación del daño en favor de los agraviados, por las afectaciones sufridas.
TERCERA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas
tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los que originan esta resolución, se valore la pertinencia de la elaboración de un protocolo que garantice la protección de la integridad de las personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición de la autoridad judicial.
Recomendación
37/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica, por retardar la función de investigación o procuración de justicia.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: - A
Usted Lic. Jorge Enrique González Nicolás, Fiscal General
del Estado, gire sus instrucciones a efecto de que se instaure
procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de
los servidores públicos que hayan incurrido en las omisiones
referidas, en el que se tomen en consideración las evidencias
y razonamientos esgrimidos en la presente resolución y en su
caso se imponga la sanciones que correspondan.
SEGUNDA: Gire sus instrucciones a fin de que se ordenen las
medidas administrativas tendientes a realizar las diligencias
pertinentes que permitan esclarecer los hechos investigados
en la carpeta de investigación “D”, y garantizar la no repetición
de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las
acontecidas en los hechos bajo análisis.
Recomendación
42/16
Documento
Estatus
Aceptada
Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura e incomunicación.
Derecho a la Inviolabilidad del Domicilio.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: - A Usted, C. LIC. JORGE ENRIQUE
GONZÁLEZ NICOLÁS, en su carácter de Fiscal General del Estado de
Chihuahua, gire sus instrucciones para que se instruya procedimiento
dilucidatorio de responsabilidad en contra de los servidores públicos
adscritos a la Fiscalía General del Estado, Zona Norte, que participaron en los hechos analizados en la presente resolución en el cual se consideren los argumentos analizados y esgrimidos a efecto de que se determine el grado de responsabilidad en que hayan incurrido, y en su caso se impongan las sanciones que en derecho correspondan.
SEGUNDA: - A Usted mismo, se resuelva lo procedente en cuanto a una
eventual reparación del daño en favor de los agraviados por las
afectaciones sufridas.
TERCERA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los que originan esta resolución, se valore la pertinencia de la elaboración de un protocolo que garantice la protección de la integridad de las personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición de la autoridad judicial.
CUARTA: Se giren las instrucciones necesarias para que en irrestricto
respeto al artículo 24 fracción V de la Ley de la Comisión Estatal de los
Derechos Humanos, se permita en todo tiempo el ingreso del personal
adscrito a esta Comisión a cualquier lugar donde esté recluida una
persona, ello dentro de las instalaciones que ocupa la Fiscalía en el Estado.
Recomendación
43/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, por omisiones a la Procuración de Justicia en la modalidad de integrar debidamente la carpeta de investigación.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, LIC. JORGE ENRIQUE
GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado, sirva girar instrucciones
para que se agilice la investigación por probables actos de tortura en la
carpeta número “G”, relativas al impetrante “B”, para el pronto
esclarecimiento de los hechos.
SEGUNDA: A usted mismo, gire sus instrucciones a efecto de que se
instaure procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores públicos implicados en los hechos motivos de la queja
presentada, en el que se tomen en consideración las evidencias y
razonamientos esgrimidos en la presente resolución y en su caso se
resuelva sobre las sanciones y lo referente a la reparación del daño, que
correspondan.
TERCERA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas
tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí
denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de la elaboración de un
protocolo que permita garantizar la protección de la integridad de las
personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición
del Juez de Control.
Recomendación
44/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Lic. Jorge E. González
Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus instrucciones, para que se
instruya procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra de los
servidores públicos que hayan tenido participación en los hechos analizados en la presente resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos y las evidencias analizadas, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan y se determine lo referente a la reparación del daño que en derecho proceda.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas
tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los que originan
esta resolución, se valore la pertinencia de la elaboración de un protocolo que garantice la protección de la integridad de las personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición del Juez de Control.
TERCERA: Se ordene la continuación y resolución de la carpeta de
investigación que se haya formado con motivo de la vista que dio este
organismo, por la probable existencia del delito de tortura, aludida en los puntos nueve y diez de la presente resolución.
Recomendación
46/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura.
Derecho a la Propiedad, en la modalidad de robo.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted Lic. Jorge Enrique
González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus instrucciones
a efecto de que se instaure procedimiento dilucidatorio de
responsabilidades, en contra de los servidores públicos que hayan
intervenido en los hechos referidos, en el que se tomen en
consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la
presente resolución y en su caso se impongan las sanciones y lo
referente a la reparación del daño, que correspondan.
SEGUNDA: Se integre debidamente la carpeta de investigación
identificada bajo el número “Y” en la que aparecen como víctimas “C” y
“D” de una manera inmediata y eficaz a efecto de que se esclarezcan
los hechos constitutivos del delito de tortura garantizando en todo
momento la seguridad de los impetrantes.
TERCERA: Se agilicen las diligencias que correspondan en la carpeta
de investigación identificada bajo el número “W” en la que aparece
como víctima “D” por el delito que corresponda.
CUARTA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos como
los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de la
elaboración de un protocolo que permita garantizar la protección de la
integridad de las personas desde el momento de su detención hasta la
puesta a disposición del Juez de Control.
Recomendación
48/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Vida mediante el empleo arbitrario de la fuerza pública con armas letales.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, LIC. JORGE
ENRIQUE GONZALEZ NICOLAS, Fiscal General del Estado, gire
sus instrucciones a efecto de agilizar la integración de la carpeta de
investigación “A6”, en contra de los servidores públicos implicados en
los hechos de la presente queja, y se tomen en consideración las
evidencias y razonamientos esgrimidos y en su caso se impongan las
sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo, a efecto de evitar la no repetición de
violaciones a derechos humanos de similar naturaleza, ordene se inicie
de inmediato una capacitación intensiva y periódica a los integrantes
de las instituciones policiales a su cargo, en la aplicación del Protocolo General para el Uso de la Fuerza para los integrantes de las
Instituciones de la Fiscalía General del Estado
TERCERA: A usted mismo, para que gire instrucciones a efecto de
que proceda a la reparación integral y/o justa indemnización conforme
a lo precisado en los puntos 50 y 51 de la presente resolución.
CUARTA: Asimismo, gire sus instrucciones a efecto de que se instaure
procedimiento administrativo dilucidatorio de responsabilidad, en
contra de los servidores públicos que obstaculizaron el ejercicio de
investigación de la queja y omitieron colaborar con este Organismo, en
el sentido de dar contestación en tiempo y forma a la solicitud de
informes.
Recomendación
49/16
Documento
Estatus
No aceptada.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, al debido proceso y en la dilación del proceso laboral.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Tribunal Superior de Justicia
Secretario Del Trabajo y Previsión Social
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Lic. Gabriel
Sepúlveda Reyes, Presidente del Tribunal Superior de Justicia;
giren sus instrucciones, a efecto de que se instaure procedimiento de
dilucidación de responsabilidades en contra de los servidores públicos
involucrados en los hechos analizados, en el cual se consideren los
argumentos y evidencias analizadas en esta resolución, y en su
oportunidad se imponga la sanción que a derecho corresponda.
SEGUNDA: - A usted, Lic. Jorge Enrique González Nicolás, Fiscal
General del Estado, gire sus instrucciones, a efecto de que se instaure
procedimiento de dilucidación de responsabilidades en contra de los
servidores públicos involucrados en los hechos analizados, en el cual
se consideren los argumentos y evidencias analizadas en esta
resolución, y en su oportunidad se imponga la sanción que a derecho
corresponda.
TERCERA: A usted, Lic. Fidel Pérez Romero, Secretario Del
Trabajo y Previsión Social, gire sus instrucciones a efecto de que
tomen las medidas pertinentes para que a la brevedad posible se
notifique el laudo correspondiente, toda vez que hasta el momento en
que se emite la presente, no se tiene noticia de que se haya realizado
dicha actuación.
Recomendación
50/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Vida.
Derechoa la Integridad y Seguridad Personal mediante actos de tortura.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted C. LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, en su carácter de Fiscal General
del Estado, para que se instruya procedimiento dilucidatorio de
responsabilidades en contra de los servidores públicos adscritos a la
Fiscalía General de Justicia para la Zona Norte del Estado que
participaron en los hechos analizados en la presente resolución, en el
cual se consideren los argumentos esgrimidos, para efecto de que se
determine el grado de responsabilidad en el que hayan incurrido, y en
su caso se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo, se resuelva lo procedente en cuanto a la
reparación integral del daño en favor de los agraviados por las
afectaciones sufridas.
Recomendación
51/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura.
Derecho a la Inviolabilidad del Domicilio
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: - A usted LIC. JORGE ENRIQUE
GONZALEZ NICOLAS, Fiscal General del Estado, se solicita gire sus
instrucciones para que se instruya procedimiento dilucidatorio de
responsabilidad en contra de los servidores públicos que hayan tenido
participación en los hechos analizados en la presente resolución, en el
cual se consideren los argumentos esgrimidos y evidencias analizadas
y en su caso se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A usted LIC. JAVIER GONZALEZ MOCKEN Presidente
Municipal de Juárez, gire sus instrucciones para que se instaure el
procedimiento de dilucidación de responsabilidades en contra de los
servidores públicos adscritos a la Dirección de Seguridad Pública
Municipal que participaron en los hechos analizados en la presente
resolución, para efecto de que se determine el grado de
responsabilidad en que hayan incurrido y en su caso se impongan las
sanciones que a derecho correspondan.
TERCERA: A ambos, se analice y resuelva lo referente a la reparación
integral del daño que les pueda corresponder a las agraviadas.
Recomendación
60/16
Documento
Estatus
No aceptada.
Impugnada ante la CNDH quien a su vez emite la Recomendación 23/2018 a Gobierno del Estado
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal.
Derechoal trato digno.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, LIC.CÉSAR AUGUSTO
PENICHE, FISCAL GENERAL DEL ESTADO para que instaure
procedimiento dilucidatorio de responsabilidades en contra de los
servidores públicos implicados en los hechos reclamados por el quejoso, y
en su caso, se impongan las sanciones que en derecho correspondan.
SEGUNDA: Se resuelva lo correspondiente a la reparación del daño que
le pueda corresponder a la persona identificada como “A” por las
violaciones sufridas en sus derechos fundamentales.
TERCERA: A usted mismo, para que se adopten las medidas
administrativas necesarias, a efecto de que en el futuro, se evite la
repetición de violaciones similares a la acontecida en el caso bajo análisis.
Recomendación
61/16
Documento
Estatus
Aceptada.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura e incomunicación.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, MTRO. CÉSAR AUGUSTO
PENICHE ESPEJEL, Fiscal General del Estado, para que gire sus
instrucciones a efecto de agilizar la integración de la carpeta de investigación respecto a la vista realizada por la autoridad judicial durante el trámite del juicio número “R”, en contra de los servidores públicos implicados en los hechos de la presente queja, y se tomen en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos y en su caso se impongan las sanciones y y lo referente a la reparación del daño que correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo para que gire sus instrucciones a efecto de que
se instaure procedimiento administrativo dilucidatorio de responsabilidad, en contra de los servidores públicos que obstaculizaron el ejercicio de investigación de la queja y omitieron colaborar con este Organismo, en el sentido de dar contestación en tiempo y forma a la solicitud de informes.
Recomendación
64/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Seguridad Jurídica, en la modalidad detención ilegal.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: - A usted, Mtro. César Augusto
Peniche Espejel, Fiscal General del Estado; gire sus instrucciones a efecto de que se instaure y resuelva conforme a derecho, procedimiento de
dilucidación de responsabilidades en contra de los servidores públicos
involucrados en los hechos analizados, en el cual se consideren los
argumentos y evidencias analizadas en esta resolución, y en su oportunidad se imponga la sanción que a derecho corresponda y se considere lo relativo a la reparación del daño que pudiera corresponderles.
SEGUNDA: A usted mismo, se adopten las medidas administrativas
tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí
denunciados.
Recomendación
65/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a Integridad y Seguridad Personal, con actos de tortura
Derecho a la Seguridad Jurídica, en la modalidad detención ilegal.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, MTRO. CÉSAR
AUGUSTO PENICHE ESPEJEL, Fiscal General del Estado, sirva girar
instrucciones para que se agilice la investigación por probables actos de
tortura en la carpeta de investigación número “C”, relativas al impetrante “A” para el pronto esclarecimiento de los hechos.
SEGUNDA: A usted mismo, gire sus instrucciones a efecto de que se
instaure y resuelva conforme a derecho, procedimiento dilucidatorio de
responsabilidad en contra de los servidores públicos involucrados en los
hechos analizados, en el cual se consideren los argumentos y evidencias
analizadas en esta resolución, y en su oportunidad se imponga la sanción
que a derecho corresponda y se considere lo relativo a la reparación del
daño que pudiera corresponderles.
TERCERA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas
tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí
denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de la elaboración de un
protocolo que permita garantizar la protección de la integridad de las
personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición
del Juez de Control.
Recomendación
68/16
Documento
Estatus
No aceptada
Acto(s) violado(s)
Derecho al Derecho de Petición
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: - A usted, Mtro. César Augusto
Peniche Espejel, Fiscal General del Estado, para que se dé respuesta por
escrito en breve término a los planteamientos realizados por “A”, recibidos en fecha 29 de octubre de 2015.
SEGUNDA: - Se adopten las medidas administrativas necesarias, a efecto
de que en el futuro, se respete el derecho de petición dando respuesta en
los términos correspondientes.
Recomendación
69/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a Integridad y Seguridad Personal, con actos de tortura e incomunicación.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted C. MAESTRO CÉSAR
AUGUSTO PENICHE ESPEJEL, FISCAL GENERAL EN EL ESTADO, gire
sus instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores públicos que hayan
intervenido en los hechos referidos, en el que se tomen en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución y en su caso se impongan las sanciones y lo referente a la reparación del daño, que correspondan.
SEGUNDA: Se integre debidamente la carpeta de investigación que se
haya iniciado con motivo del oficio No. UCD–1528/2014, enviado al
Coordinador de la Unidad Especializada en Investigación y Acusación de
Delitos Varios, en el cual aparecen como agraviado “A”, de una manera
inmediata y eficaz a efecto de que se esclarezcan los hechos constitutivos del delito de tortura garantizando en todo momento la seguridad de los impetrantes.
Recomendación
70/16
Documento
Estatus
No aceptada
Acto(s) violado(s)
Derecho a Legalidad y Seguridad Jurídica, por actos contra la procuración de justicia.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Mtro. César Augusto
Peniche Espejel, Fiscal General del Estado, se sirva girar sus
instrucciones a efecto de que sin demora se practiquen todas las
actuaciones necesarias para integrar debidamente la carpeta de
investigación “D”.
SEGUNDA: Asimismo, gire instrucciones a efecto de que se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidad y se resuelva conforme a
derecho, en contra de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos referidos, en el que se tomen en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución y en su caso se
impongan las sanciones y lo referente a la reparación del daño, que
correspondan.
TERCERA: Gire instrucciones a efecto de que se tomen las medidas
administrativas necesarias, para garantizar la no repetición de actos
violatorios como los aquí analizados consistentes en retardar la función de investigación o procuración de justicia, debido en todo momento garantizar los derechos de las víctimas del delito.
Recomendación
72/16
Documento
Estatus
No aceptada.
Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica en la modalidad de detención ilegal.
Derechoa la Integridad y Seguridad Personal con tratos indignos e inhumanos.
Derechoa la Propiedad en la modalidad de daños materiales.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted MTRO.
CÉSAR AUGUSTO PENICHE ESPEJEL, Fiscal General del Estado, gire
sus instrucciones para que se instruya procedimiento dilucidario y se
resuelva conforme a derecho, en contra de los servidores públicos adscritos a la Policía Estatal Única y a la Policía Ministerial, que participaron en los hechos analizados en la presente resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos, para efecto de que se determine el grado de responsabilidad en que hayan incurrido, y en su caso se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A Usted mismo, se resuelva lo procedente en cuanto a una
eventual reparación del daño en favor de las quejosas y de los agraviados
por las afectaciones sufridas.
Recomendación
74/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal con actos de tortura.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: - A usted MTRO. CÉSAR
AUGUSTO PENICHE ESPEJEL en su carácter de Fiscal General del
Estado, gire instrucciones para que se inicie procedimiento dilucidatorio de responsabilidad, en relación con el actuar de los elementos de la Fiscalía involucrados en el presente asunto, tomando en cuenta, las evidencias y razonamientos esgrimidos, a fin de que se determine el grado de responsabilidad que pudiera corresponderles, en el cual se valore además, la procedencia de la reparación del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas
tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí
denunciados.
Recomendación
76/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Inviolabilidad del Domicilio.
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal
con actos de tortura.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted MTRO.
CÉSAR AUGUSTO PENICHE ESPEJEL, se instruya procedimiento
dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores públicos
adscritos a la policía ministerial y del ministerio público, que participaron en los hechos analizados en la presente resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos, para efecto de que se determine el grado de responsabilidad en que hayan incurrido, y en su caso se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A Usted mismo, se resuelva lo procedente en cuanto a una
eventual reparación del daño en favor de los agraviados por las
afectaciones sufridas.
TERCERA: Como medida administrativa tendiente a garantizar la no
repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las
acontecidas en los hechos bajo análisis, se brinde capacitación a los
elementos de la Policía Estatal Única para que sus actuaciones se den en
apego a derecho y con estricto respeto a los Derechos Humanos, de
conformidad a lo establecido en el Protocolo General para el Uso de la
Fuerza para los Integrantes de las Instituciones Policiales de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua.
Recomendación
77/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal con actos de tortura en perjuicio de la agraviada.
Derecho a la Libertad Personal, en la modalidad de detención ilegal en contra de otra persona del sexo masculino.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted MTRO. CÉSAR
AUGUSTO PENICHE ESPEJEL, FISCAL GENERAL DEL ESTADO se
instruya un procedimiento dilucidatorio de responsabilidades en contra de
los servidores públicos adscritos a la policía ministerial que participaron en los hechos analizados en la presente r resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos para efectos de determinar el grado de responsabilidad en que éstos hubiesen incurrido y, en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: Se brinde capacitación al personal a su cargo, en materia de
derechos humanos, con el objetivo de erradicar la repetición de este tipo de conductas que son contrarias a los principios constitucionales que debe observar todo servidor público.
Recomendación
71/16
Documento
Estatus
Aceptada.
Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Salud, mediante una indebida prestación del servicio médico.
Autoridad(es)
Instituto Municipal de Pensiones
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, ING. JUAN
ANTONIO GONZÁLEZ VILLASEÑOR, Director del Instituto Municipal de
Pensiones, para que instaure procedimiento de responsabilidades en contra
de los médicos implicados en los hechos reclamados por el quejoso.
SEGUNDA: - Se determine lo concerniente a la reparación integral del daño
que le corresponda al agraviado.
TERCERA: A usted mismo, para que se adopten las medidas
administrativas necesarias, a efecto de que en el futuro, se evite la
repetición de violaciones similares a la acontecida en el caso bajo análisis.
Recomendación
24/16
Documento
Estatus
Cumplida
Acto(s) violado(s)
Derecho a la seguridad social.
Derecho a la legalidad y seguridad jurídica.
Autoridad(es)
Pensiones Civiles del Estado
Recomendaciones
ÚNICA: A usted, LIC. SERGIO MARTÍNEZ GARZA, DIRECTOR GENERAL DE
PENSIONES CIVILES DEL ESTADO, se ponga a disposición de los aquí quejosos,
las cantidades descontadas, y a la brevedad posible se haga la devolución
respectiva.
Recomendación
25/16
Documento
Estatus
Cumplida.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Aquiles Serdán
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted C. Jorge Adán
Pérez Pérez, Presidente Municipal de Aquiles Serdán, gire sus
instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento
dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores
públicos que hayan intervenido en los hechos referidos, en el que
se tomen en consideración las evidencias y razonamientos
esgrimidos en la presente resolución y en su caso se impongan
las sanciones que correspondan y se resuelva lo relativo a la
reparación integral del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos
como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de
la elaboración de un protocolo que permita garantizar la
protección de la integridad de las personas desde el momento de
su detención y durante todo el tiempo que se encuentren a
disposición de la autoridad municipal.
Recomendación
07/16
Documento
Estatus
Cumplida
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Propiedad.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Chihuahua
Recomendaciones
PRIMERA: Instruya a quien corresponda, para que se proceda a la escrituración en favor de “A”, del predio identificado, que le fue enajenado por las autoridades de esta municipalidad.
SEGUNDA: Se analice y resuelva sobre la indemnización que le corresponda a “A”, por la parte del predio que no pueda escriturarse por ser zona federal, misma que ha venido poseyendo, con la aquiescencia de la autoridad municipal, tomando en cuenta las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución.
Recomendación
16/16
Documento
Estatus
Aceptada, Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de uso excesivo de la fuerza pública y lesiones.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Chihuahua
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Ingeniero Javier
Alfonso Garfio Pacheco, Presidente Municipal de Chihuahua,
para que se inicie procedimiento dilucidatorio de responsabilidad,
en relación con el actuar de los elementos de la Policía Municipal
involucrados en el presente asunto, tomando en cuenta, las
evidencias y razonamientos esgrimidos, a fin de que se
determine el grado de responsabilidad que pudiera
corresponderles, en el cual se valore, además, la procedencia de
la reparación del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos
como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad
de la elaboración de un protocolo sobre el empleo de la fuerza y
armas de fuego.
Recomendación
26/16
Documento
Estatus
No aceptada.
Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y al Derecho de las personas adultas mayores
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Chihuahua
Recomendaciones
PRIMERA: - A Usted C. Ing. Javier
Alfonso Garfio Pacheco, Presidente Municipal de
Chihuahua, para efecto de que se tomen las medidas
pertinentes para que a la brevedad posible se lleve a cabo un
estudio socioeconómico que determine, las condiciones de vida
de “A” y “B” así como su situación financiera, para que resolver
si son o no acreedores a los estímulos fiscales apuntados,
relacionados con sus adeudos por impuesto predial.
SEGUNDA: A usted mismo, se analice y resuelva sobre la
posibilidad de aceptar como pago en especie, los bienes
inmuebles ofrecidos por el quejoso.
Recomendación
41/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Libertad.
Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, en la modalidad de debido proceso.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Chihuahua
Recomendaciones
PRIMERA: A usted Ing. Javier Alfonso Garfio
Pacheco, Presidente Municipal de Chihuahua, gire sus instrucciones para
efecto de que se instaure el procedimiento administrativo dilucidario de
responsabilidades, en contra de los servidores públicos implicados en los
hechos motivo de la queja, en el que se tomen en consideración las
evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente, y en su caso se
impongan las sanciones que correspondan y se considere lo relativo a la
reparación del daño que pudiera corresponderles.
SEGUNDA: A usted mismo, para el caso de que se haya quedado registrado la detención de “A”, “B”, “C”, “D”, “E”, y “F”, como sanción por la comisión de infracción al Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio, ordene iniciar el procedimiento tendiente a la supresión del antecedente policiaco.
TERCERA: A usted mismo, para que se ordenen las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a los derechos humanos de similar naturaleza a las acontecidas en el presente asunto.
Recomendación
56/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en su modalidad de lesiones.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Chihuahua
Recomendaciones
PRIMERA: - A usted, Ing. Javier Alfonso Garfio
Pacheco, Presidente Municipal de Chihuahua, para que se inicie
procedimiento dilucidatorio de responsabilidad, en relación con el actuar de los elementos de la Policía Municipal involucrados en el presente asunto, tomando en cuenta, las evidencias y razonamientos esgrimidos, a fin de que se determine el grado de responsabilidad que pudiera corresponderles, y se impongan las sanciones que en derecho correspondan; procedimiento en el cual se valore, además, la procedencia de la reparación del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí denunciados, se realicen las adecuaciones necesarias a los formatos e informes policiales referentes al empleo de la fuerza.
Recomendación
58/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, mediante la imposición ilegal de sanciones.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Chihuahua
Recomendaciones
PRIMERA: A usted. Ing. Javier Alfonso Garfio
Pacheco, Presidente Municipal de Chihuahua, para que se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra de los servidorespúblicos que hayan tenido participación en los hechos analizados en lapresente resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos y las evidencias analizadas, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo, para que se tomen las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los que originan esta resolución.
Recomendación
59/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de uso excesivo de la fuerza pública.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Chihuahua
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Mtra. María Eugenia
Campos Galván, Presidenta Municipal de Chihuahua, gire sus
instrucciones, a efecto de que se inicie procedimiento dilucidatorio de
responsabilidades, con motivo del actuar de los elementos de seguridad
pública involucrados en el presente asunto, en los que se tomen en
consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos, a fin de que se
determine el grado de responsabilidad que pudiera corresponderles, se
impongan las sanciones que en derecho correspondan y se valore además,
la procedencia de la reparación del daño que le asista a “A”.
SEGUNDA: A usted misma, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí ventilados, se realicen las adecuaciones necesarias al formato de uso de la fuerza, en los términos aludidos en los párrafos 35 y 36 de esta resolución.
Recomendación
62/18
Documento
Estatus
Aceptada, parcialmente cumplida
Acto(s) violado(s)
Derecho a la integridad y seguridad personal con actos de tortura.
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: Gire instrucciones para que se inicie procedimiento dilucidatorio de responsabilidad, en relación con el actuar de los elementos de la Fiscalía involucrados en el presente asunto, tomando en cuenta las evidencias y razonamientos esgrimidos, a fin de que se determine el grado de responsabilidad que pudiera corresponderles, en el cual se valore además, la procedencia de la reparación integral del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que se inicie, sustancie y resuelva la investigación correspondiente, por probables actos de tortura cometidos en perjuicio de “B”.
Recomendación
73/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Chihuahua
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted MTRA.
MARÍA EUGENIA CAMPOS GALVÁN, Presidenta Municipal de
Chihuahua, para que se instaure procedimiento administrativo de
responsabilidad a los servidores públicos que incurrieron en las violaciones a los derechos humanos que fueron señaladas en el apartado de
consideraciones, y en su caso se impongan las sanciones que
correspondan y se resuelva lo relacionado a la reparación del daño que le
pueda corresponder al agraviado.
SEGUNDA: - A Usted misma para que se dicten las medidas administrativas
conducentes a efecto de que en lo sucesivo se eviten violaciones similares a la acontecida en la presente queja.
Recomendación
52/16
Documento
Estatus
No aceptada.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica.
Derecho de Audiencia.
Derechoal Debido Proceso.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Cusihuiriachi
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted, C. Enrique Estrada
Gutiérrez, Presidente Municipal de Cusihuiriachi, se sirva realizar
las acciones tendientes a subsanar las inconsistencias identificadas, a
efecto de resolver el problema que motivó la reclamación respectiva, a
la luz de las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente.
SEGUNDA.- A usted mismo, para que en lo subsecuente, ordene a
quien corresponda, se colabore ampliamente con este organismo
derecho humanista y se rindan en tiempo y forma los informes de ley
correspondiente.
Recomendación
08/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Salud y Legalidad, en la modalidad de daños al medio ambiente.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Delicias
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, RUBÉN
BORUNDA MATA, Presidente Municipal de Delicias, gire
instrucciones a quien corresponda para que se ordene la
inmediata suspensión de preparación de cuerpos en el velatorio
municipal, hasta en tanto se cumpla con los requisitos
establecidos en la normatividad aplicable.
SEGUNDA: A usted mismo, gire instrucciones a quien
corresponda para que se cumpla con las disposiciones del
Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones del
Municipio de Delicias, con respecto a los cajones de
estacionamiento del citado velatorio municipal.
TERCERA: A usted mismo, ordene a quien corresponda que se
lleve a cabo vigilancia preventiva para evitar que se realicen las
acciones citadas en el considerando 31.
Recomendación
10/16
Documento
Estatus
No aceptada.
Acto(s) violado(s)
Derechos de las Mujeres por afectación al principio de progresividad.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Delicias
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted Ing. Rubén
Borunda Mata, Presidente Municipal de Delicias, Chihuahua,
gire sus instrucciones a efecto que se valore la pertinencia de la
reasignación de una partida para el Instituto de las Mujeres del
Municipio de Delicias, que permita el fortalecimiento financiero,
tal y como se expone en el numeral 30 del apartado de
consideraciones.
SEGUNDA: A Usted mismo, para que en el ejercicio de sus
facultades legales, gire sus instrucciones a fin de que se
ordenen las medidas administrativas o se gestionen las
adecuaciones reglamentarias, tendientes a garantizar la no
repetición de afectaciones ya evidenciadas, y se consideren las
medidas orgánicas y administrativas tendientes al fortalecimiento
del Instituto de las Mujeres del Municipio de Delicias, Chihuahua,
en futuras administraciones, tal y como se expone en el numeral
31 del apartado de consideraciones.
Recomendación
57/16
Documento
Estatus
Cumplida.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica.
Derecho al Debido Proceso por actos en contrarios al derecho de audiencia.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Delicias
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, C.P. JAIME
BELTRÁN DEL RÍO, Presidente Municipal de Delicias, gire sus
instrucciones para efecto de que se instaure el procedimiento administrativo dilucidario de responsabilidades, en contra de los servidores públicos implicados en los hechos motivo de la queja, en el que se tomen en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente, y en su caso se impongan las sanciones que correspondan y se considere lo relativo a la reparación del daño que pudiera corresponderles.
SEGUNDA: A usted mismo, para que se ordenen las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a los derechos humanos de similar naturaleza a las acontecidas en el presente asunto.
Recomendación
53/16
Documento
Estatus
No aceptada.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Seguridad Social
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Guadalupe y Calvo
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted C.P.A. LEOPOLDO
EDÉN MOLINA CORRAL, Presidente Municipal de Guadalupe y
Calvo, para que en sesión del H. Ayuntamiento se analice y resuelva
sobre las prestaciones que en materia de seguridad social pudieran
corresponder en favor de quien resulte beneficiario de “A”, con motivo
de la muerte de “B”, quien desempeñaba el cargo de agente de la
policía municipal al momento de su fallecimiento.
SEGUNDA: - A Usted mismo, para que ese órgano colegiado analice y
resuelva lo relativo a cubrir por parte del municipio los gastos funerarios que se hayan erogado con motivo de la muerte de “B”.
TERCERA: A Usted mismo, para que se establezcan las previsiones
necesarias a efecto de que el personal que labora para el Municipio de
Guadalupe y Calvo se encuentre protegido bajo un sistema de
seguridad social que los ampare contra accidentes y/o riesgos de
trabajo, enfermedades profesionales o cualquier otra causa que tenga
como consecuencia la pérdida de la vida o menoscabo a la salud
conforme a lo antes especificado.
Recomendación
29/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de lesiones.
Derecho a la Intimidad en la modalidad de
allanamiento de morada.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Hidalgo del Parral
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted ING. MIGUEL
JURADO CONTRERAS, Presidente Municipal de Hidalgo del
Parral, gire sus instrucciones para que se instruya procedimiento
administrativo dilucidatorio de responsabilidades, en contra de
los servidores públicos adscritos a la Dirección de Seguridad
Pública Municipal que participaron en los hechos analizados en
la presente resolución, en el cual se consideren los argumentos
esgrimidos, para efecto de que se determine el grado de
responsabilidad en que hayan incurrido, y en su caso se
impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: - A Usted mismo, se resuelva lo procedente en
cuanto a la reparación del daño que pudiera corresponder en
favor de “A”.
TERCERA: Como medida administrativa tendiente a garantizar
la no repetición de violaciones a derechos humanos, de
naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis,
se valore la necesidad de un protocolo para garantizar la
integridad de las personas, desde el momento de su detención y
durante el tiempo que se encuentren a disposición de la
autoridad municipal, en el cual se incluya un reporte del uso de
la fuerza, cuando haya sido necesaria su aplicación para
consumar el arresto.
Recomendación
05/16
Documento
Estatus
Cumplida.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura y detención ilegal.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Juárez
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Lic. Javier González Mocken, presidente municipal de Juárez, gire sus instrucciones, a efecto de que se inicie procedimiento disciplinario con motivo del actuar de los elementos de seguridad pública involucrados en el presente asunto, en los que se tomen en consideración, las evidencias y razonamientos esgrimidos, a fin de que se determine el grado de responsabilidad que pudiera corresponderles, en el cual se valore, además, la procedencia de la reparación del daño.
SEGUNDA: Asimismo, a efecto de garantizar la no repetición de hechos como los aquí analizados, se brinde capacitación al personal a su cargo; en materia de derechos humanos.
Recomendación
15/16
Documento
Estatus
Aceptada, Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Juárez
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted LIC. JAVIER
GONZÁLEZ MOCKEN, Presidente Municipal de Juárez, gire
sus instrucciones para que se instruya procedimiento
administrativo dilucidatorio de responsabilidades, en contra de
los servidores públicos adscritos a la Secretaría de Seguridad
Pública Municipal, que participaron en los hechos analizados en
la presente resolución, en el cual se consideren los argumentos
esgrimidos, para efecto de que se determine el grado de
responsabilidad en que hayan incurrido, y en su caso se
impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A Usted mismo, se resuelva lo procedente en
cuanto a la reparación del daño que pudiera corresponder en
favor de las personas agraviadas.
TERCERA: - Se ordenen las medidas administrativas tendientes
a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos,
de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo
análisis.
Recomendación
23/16
Documento
Estatus
Cumplida.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.
Derecho a la Intimidad en la Modalidad de allanamiento de morada.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Juárez
Recomendaciones
PRIMERA: - A Usted LIC. JAVIER
GONZÁLEZ MOCKEN, PRESIDENTE MUNICIPAL DE CD.
JUAREZ, gire sus instrucciones para que se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidad, en contra de los
servidores públicos pertenecientes a la Secretaría de Seguridad
Pública Municipal, que participaron en los hechos analizados en
la presente resolución, investigación que deberá incluir al
exsecretario de Seguridad Pública, Julián Leyzaola Pérez, en el
cual se consideren los argumentos esgrimidos, para efecto de que
se determine el grado de responsabilidad en que hayan incurrido,
y en su caso se impongan las sanciones que correspondan,
Además, dentro del procedimiento que al efecto se instaure, se
analice lo procedente en cuanto a la reparación del daño que
corresponda.
SEGUNDA: Se ordenen las medidas administrativas tendientes a
garantizar la no repetición de violaciones a Derechos Humanos,
de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo
análisis.
Recomendación
45/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Juárez
Recomendaciones
PRIMERA: A usted LIC. JAVIER GONZÁLEZ
MOCKEN, PRESIDENTE MUNICIPAL DE JUÁREZ, se instaure
procedimiento administrativo de responsabilidad, en contra de los
servidores públicos implicados en los hechos materia de la presente queja, en el que se tome en consideración las evidencias y razonamientos
esgrimidos y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan y
se determine lo procedente en cuanto a la reparación integral del daño que pudiera corresponder al agraviado.
SEGUNDA: A usted mismo, a efecto de garantizar la no repetición de
hechos como los aquí analizados, se brinde capacitación al personal a su
cargo, en materia de derechos humanos.
Recomendación
54/16
Documento
Estatus
Aceptada.
Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Acto(s) violado(s)
Derecho de las Personas con Discapacidad.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Juárez
Recomendaciones
PRIMERA: - A usted C. LIC. JAVIER GONZÁLEZ
MOCKEN. PRESIDENTE DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE
JUÁREZ, se sirva girar sus instrucciones a efecto de que se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos referidos, en el que se consideren los argumentos y las evidencias analizadas en la presente resolución y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: - A usted mismo, para que no se reciba la obra denominada “Plan de Movilidad Urbana de Juárez”, hasta que la empresa o empresas responsables de su ejecución, subsanen las omisiones o defectos mencionados en la presente recomendación, adecuándose a los tratados, leyes y reglamentos en la materia a favor de las personas con Discapacidad.
TERCERA: A usted mismo, se comunique a todas las áreas involucradas, que
en cualquier obra o trabajo a ejecutarse en edificios públicos, vialidades y demás entorno urbano, en el futuro se debe considerar como eje de acción la accesibilidad universal.
CUARTA: A usted mismo, se implementen campañas permanentes de difusión
y sensibilización a la población, respecto de los derechos de las personas con discapacidad.
QUINTA: Girar instrucciones para que en lo sucesivo se remitan los informes y constancias que le sean solicitados por esta Comisión Estatal de los Derechos Humanos, con la finalidad de atender los requerimientos de forma oportuna y pertinente, absteniéndose de obstruir las investigaciones y se remitan las pruebas que acrediten su cumplimiento.
Recomendación
55/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a Integridad y Seguridad Personal, con actos de tortura.
Derecho a la Libertad de una Persona, en la modalidad de detención ilegal.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Juárez
Recomendaciones
PRIMERA: A usted LIC.
JAVIER GONZÁLEZ MOCKEN, PRESIDENTE MUNICIPAL DE JUÁREZ,
gire sus instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento
dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores públicos
implicados en los hechos de la presente queja, en los que se tomen en
consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos y en su caso se
impongan las sanciones que correspondan y se determine lo procedente en
cuanto a la reparación integral del daño que pudiera corresponder a los
agraviados.
SEGUNDA: A usted mismo, a efecto de a garantizar la no repetición de
hechos como los aquí analizados, se brinde capacitación al personal a su
cargo en materia de derechos humanos.
Recomendación
66/16
Documento
Estatus
Aceptada.
Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura.
Derechoa la Legalidad.
DerechoPrivacidad, mediante un allanamiento de morada.
Derechoa la Propiedad, en la
modalidad de robo.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Juárez
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted, C. HÉCTOR
ARMANDO CABADA ALVÍDREZ, en su carácter de Presidente
Municipal de Juárez, gire sus instrucciones para que se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidades en contra de los
servidores públicos adscritos a la Secretaría de Seguridad Pública
Municipal, que participaron en los hechos analizados en la presente
resolución, en el cual se consideren los argumentos analizados y
esgrimidos a efecto de que se determine el grado de responsabilidad en
que hayan incurrido, y en su caso se impongan las sanciones que
correspondan.
SEGUNDA: A Usted mismo, se resuelva lo procedente en cuanto a la
reparación del daño en favor de la quejosa y del agraviado por las
afectaciones sufridas.
TERCERA: Se instruya al personal a cargo de los detenidos, que además
de leerles sus derechos, se les respeten, se les protejan y se les
garanticen, debiendo dar certeza a través de documentales de ello en cada
detención y puesta a disposición.
CUARTA: Se trabaje en un sistema operativo en el cual se registre el
momento exacto de la detención de una persona, su media filiación y los
datos de los agentes aprehensores.
Recomendación
75/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, en la modalidad de retención ilegal.
Derechoa la Integridad y Seguridad Personal con tratos indignos e inhumanos.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Juárez
Recomendaciones
PRIMERA: - A usted C. HÉCTOR
ARMANDO CABADA ALVÍDREZ, en su carácter de Presidente Municipal
de Juárez, gire sus instrucciones para que se instaure el procedimiento de dilucidación de responsabilidades en contra de los servidores públicos
adscritos a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal que participaron en los hechos analizados en la presente resolución, para efecto de que se
determine el grado de responsabilidad en que hayan incurrido y en su caso
se impongan las sanciones que a derecho correspondan, en el cual se
analice la reparación del daño.
SEGUNDA: - Se ordenen las medidas administrativas tendientes a garantizar
la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis.
Recomendación
12/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho la Legalidad y Seguridad Jurídica en la modalidad de dilación en la Administración de Justicia.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Moris
Tribunal de Arbitraje Municipalde Moris
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted, C. MANUEL CAMARGO PERLA en su calidad de Presidente Municipal de Moris, gire sus instrucciones para que se turne sin demora al Tribunal de Arbitraje para empleados del municipio, la demanda laboral presentada por “A”.
SEGUNDA: A usted mismo, para garantizar un afectivo acceso a la justicia
de “A”, en caso de no localización o extravío del escrito de demanda laboral, ordene se reponga las constancias, demanda, documentos anexos y demás actuaciones que se hayan realizado ante el Secretario del H. Ayuntamiento.
TERCERA: Asimismo, para que ordene se inicie procedimiento dilucidatorio
de responsabilidad, en contra de los servidores públicos del municipio involucrados en el presente asunto, tomando en cuenta, las evidencias y razonamientos esgrimidos, a fin de que se determine el grado de responsabilidad que pudiera corresponderles, en el cual se valore, demás, la procedencia de la reparación del daño.
CUARTA: De igual forma, para que gire sus instrucciones a efecto de iniciar procedimiento administrativo de responsabilidad, en contra de los servidores públicos del municipio que omitieron rendir los informes que fueron solicitados por esta Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
QUINTA: A Usted, LIC. JOSÉ ANTONIO URBINA ARREDONDO en su calidad de Presidente del Tribunal de Arbitraje Municipal de Moris, a efecto de garantizar el acceso a la justicia del impetrante, en el sentido de que vez turnada la demanda laboral presentada por “A”, sin demora, se radique; inicie el procedimiento y emita de manera pronta, completa e imparcial la resolución que a derecho corresponda.
Recomendación
22/16
Documento
Estatus
Cumplida.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Vida, en la modalidad de omisión de cuidados o muerte en custodia.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de Nuevo Casas Grandes
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Dr. JESUS
RODOLFO SOLTERO AGUIRRE, Presidente Municipal de
Nuevo Casas Grandes, gire sus instrucciones a efecto de que se
instruya procedimiento dilucidatorio en contra de los servidores
públicos adscritos a la Dirección de Seguridad Pública Municipal,
que participaron en los hechos analizados en la presente
resolución, para efecto de que se determine el grado de
responsabilidad en que hayan incurrido y en su caso se impongan
las sanciones que a derecho correspondan. Además, dentro del
procedimiento que al efecto se instaure, se analice lo procedente
en cuanto a la reparación del daño que pueda corresponder a
favor de las víctimas indirectas de “A”.
SEGUNDA: Se realicen las gestiones conducentes para que el
H. Ayuntamiento provea lo necesario a efecto de garantizar la
presencia de personal que pueda valorar y en su caso atender
medicamente, a las personas que son ingresadas a la cárcel
municipal.
TERCERA: A Usted mismo, para que se adopten medidas
preventivas, adecuaciones y prácticas administrativas
pertinentes, que permitan una vigilancia eficaz hacia el interior de
las celdas donde se encuentren personas privadas de la libertad,
valorando en su caso, la posibilidad de un efectivo sistema de
monitoreo.
Recomendación
02/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Libertad, en la modalidad de detención ilegal.
Derecho a la Legalidad y Seguridad jurídica por actos en contra de la administración pública y la legalidad.
Derecho a la integridad y seguridad personal en la modalidad de lesiones de las víctimas.
Autoridad(es)
Presidencia Municipal de San Francisco del Oro
Recomendaciones
PRIMERA: A usted, Lic. Rafael Montoya Villalobos, presidente municipal de San Francisco del Oro, gire instrucciones para que se inicie procedimiento disciplinario, en relación con al actuar de los elementos de Seguridad Pública involucrados en el presente asunto, a fin de que se determine sobre su responsabilidad administrativa.
SEGUNDA: A usted mismo, gire sus instrucciones para que se instruya; en caso de ser procedente; el inicio del procedimiento de reparación del daño, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley General de Víctimas.
TERCERA: Se brinde capacitación al personal a su cargo; en materia de derechos humanos, con el objetivo de erradicar la repetición de este tipo de conductas.
CUARTA: Gire sus instrucciones, para que en lo sucesivo, se rindan de acuerdo a la ley aplicable, los informes requeridos por esta Comisión.
Recomendación
09/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho la Legalidad y Seguridad Jurídica en la modalidad de omitir la protección a las víctimas.
Autoridad(es)
Registro Civil de Gobierno del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: - A usted, LIC. FEDERICO
GUEVARA RAMOS, Director del Registro Civil, para que se
instaure procedimiento dilucidatorio de responsabilidades en el
ámbito administrativo, para efecto de identificar y en su caso,
determinar el grado de responsabilidad que puedan haber tenido
los servidores públicos que tuvieron bajo su custodia el libro de
registro identificado y en su oportunidad, se impongan las
sanciones que en derecho correspondan.
SEGUNDA: A Usted mismo, para que se asuman los gastos
que se originen con motivo de la tramitación del juicio de
rectificación del acta de nacimiento de “A”.
Recomendación
31/16
Documento
Estatus
No aceptada.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.
Derechoal debido proceso.
Autoridad(es)
Secretaría de Educación, Cultura y Deporte de Gobierno del Estado
Recomendaciones
PRIMERA: A usted C. LIC. RICARDO
YAÑEZ HERRERA, Secretario de Educación, Cultura y Deporte,
del Estado de Chihuahua, gire sus instrucciones a quien
corresponda, a efecto de subsanar las omisiones identificadas,
mediante el agotamiento del procedimiento administrativo que pueda
corresponder.
SEGUNDA: A usted mismo, se analice y resuelva respecto a la
reparación del daño que le pueda corresponder a “A” por las
afectaciones sufridas.
Recomendación
67/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica.
Derecho al Debido Proceso.
Autoridad(es)
Secretaría de Educación, Cultura y Deporte
Recomendaciones
PRIMERA: A Usted, Licenciado Pablo
Cuarón Galindo, Secretario de Educación, Cultura y Deporte, se
instruya procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores públicos antes señalados, que participaron en los hechos
analizados en la presente resolución, en el cual se consideren los
argumentos esgrimidos, para efecto de que se determine el grado de
responsabilidad en que hayan incurrido, y en su caso se impongan las
sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A Usted mismo, se gestione lo necesario para que se le dé
contestación a la solicitud de información realizada por “Q1” en términos
del artículo 8° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 7° de la Constitución Política del Estado de Chihuahua.
TERCERA: Se resuelva de manera integral el conflicto laboral que se vive
en “G” y sea debidamente notificada la resolución a las partes
involucradas, en la que se valore la procedencia de la reparación del daño que pudiera corresponder a los agraviados.
CUARTA: Se ordenen las medidas administrativas tendientes a garantizar
la no repetición de violaciones a los derechos humanos de similar
naturaleza a las acontecidas en el presente asunto.
Recomendación
38/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Vida mediante actos de negligencia médica.
Autoridad(es)
Secretaría de Salud
Recomendaciones
PRIMERA: A
Usted, Lic. Pedro Genaro Hernández Flores, Secretario de
Salud, gire instrucciones para que se instruya procedimiento
dilucidario de responsabilidad en contra de servidores
públicos adscritos al Hospital de la Mujer de Ciudad Juárez,
que intervinieron en los hechos analizados en la presente
resolución, en el cual se consideren los argumentos
esgrimidos, a efecto de que se determine el grado de
responsabilidad en que hayan incurrido y en su caso se
impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A Usted mismo, se resuelva además, dentro del
procedimiento que al efecto se instaure, lo procedente en
cuanto a la reparación del daño que le pueda corresponder a
los padres de “E”.
TERCERA: A Usted mismo, se ordenen las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de
violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las
acontecidas en los hechos bajo análisis.
Recomendación
63/16
Documento
Estatus
Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Salud, en la modalidad de negligencia médica.
Autoridad(es)
Secretaría de Salud
Recomendaciones
PRIMERA: A usted DR. ERNESTO ÁVILA
VALDÉZ, Secretario de Salud, gire sus instrucciones para que se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidades en contra de los servidores públicos adscritos a la Jurisdicción Sanitara número V y personal del Centro de Salud de “F”, que intervinieron en los hechos analizados en la presente resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos, a efecto de que se determine el grado de responsabilidad en que hayan incurrido y en su caso se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: Gire instrucciones a efecto de que se determine el grado de
responsabilidad en que hayan incurrido los servidores públicos adscritos al Centro de Salud “F”, que incumplieron con la obligación de colaborar enproporcionar información pertinente a este organismo y en su caso se
impongan las sanciones que correspondan.
TERCERA: A Usted mismo, se resuelva además, dentro del procedimiento
que al efecto se instaure, lo procedente en cuanto a la reparación del daño que le pueda corresponder a “C” y sus familiares.
CUARTA: - Gire sus instrucciones al personal que corresponda, a efecto de
que se garantice de forma oportuna la notificación del resultado de “J” de manera oportuna, cuando resulte inadecuado o pruebas sospechosas a los
interesados.
Recomendación
47/16
Documento
Estatus
Cumplida.
Acto(s) violado(s)
Derecho a la Igualdad.
Derecho a la Integridad y Seguridad Personal
Autoridad(es)
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
ÚNICA: A Usted C.P. Raúl Arturo Chávez
Espinoza, Secretario de la Contraloría, se tomen en consideración las
evidencias y argumentos esgrimidos en la presente resolución, al
momento de sustanciar y resolver el procedimiento administrativo
disciplinario “A2”, instaurado ante esa Secretaría con motivo de los
hechos señalados por “A”, para que en su caso, se valore y se
determine el grado de responsabilidad administrativa en que se pueda
haber incurrido.
Recomendación
02/22
Documento
Estatus
Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada
Fiscalía General del Estado: No aceptada
Acto(s) Violatorio(s)
Violaciones al Derecho a laDignidad.
Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.
Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.
Autoridad(es)
Secretaría de Seguridad Pública Estatal
Fiscalía General del Estado
Recomendaciones
PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.