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Comisión Estatal de los
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Inician Trabajos de Entrega-Recepción en CEDH Chihuahua

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De conformidad con el decreto número 0851 publicado el pasado 13 de abril en el Periódico Oficial del Estado, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) de Chihuahua inició los trabajos relativos al proceso de entrega recepción.

Encabezados por los presidentes saliente y entrante, Néstor Armendáriz Loya y Javier González Mocken, respectivamente, los equipos de trabajo de ambos dieron inicio de manera puntual este lunes a las ocho de la mañana, a esta nueva etapa del organismo derecho humanista, donde la administración cuyo periodo abarcará de abril 2024 a abril de 2029 recibe toda la información y documentación relacionada con CEDH Chihuahua, para posteriormente llevar a cabo el acto protocolario de entrega-recepción.

Cabe señalar que el decreto antes mencionado designa a Javier González Mocken como presidente de CEDH, para entrar en funciones a partir de este día y permanecer en su encargo según lo previsto en el artículo 11 de la Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, la cual prevé 5 años y la posibilidad de ser reelecto exclusivamente para un segundo periodo.

Recomendación

02/22

Documento

Estatus

Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada

Fiscalía General del Estado: No aceptada

Acto(s) Violatorio(s)

Violaciones al Derecho a la Dignidad.

Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.

Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Autoridad(es)

Secretaría de Seguridad Pública Estatal

Fiscalía General del Estado 

Recomendaciones

PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.

Recomendaciones 2022