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Comisión Estatal de los
Derechos Humanos de Chihuahua

Por la Dignidad de las Personas

Presidencia

☎️ 614 201 2990 ext 301 | 📧 presidencia@cedhchihuahua.org.mx

Presidenta

Dra. Ada Miriam Mercado Aguilera

Abogada egresada de la Universidad Autónoma de Chihuahua, Maestra en Administración y Liderazgo por la Universidad Autónoma del Noreste, Maestra en Derechos Humanos por la Universidad de la Rioja Campus México y Doctora en Derecho por la Universidad de Baja California Campus Tepic, con distinción académica Summa Cum Laude.

Ha sido profesora universitaria y de posgrado. Ha participado en diversos eventos nacionales e internacionales relacionados con los derechos humanos y la administración pública.

A lo largo de su trayectoria ha ocupado diversos cargos de alto nivel en instituciones gubernamentales incluyendo:

Primera Visitadora y Directora de Control, Análisis y Evaluación en la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua, Fiscal Especializada en Investigación de Violaciones a Derechos Humanos y Desaparición Forzada de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua.

Actualmente es Presidenta de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos en el estado de Chihuahua, siendo la primera mujer en ocupar el cargo.

Galería Fotográfica

Material para prensa

Recomendación

02/22

Documento

Estatus

Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada

Fiscalía General del Estado: No aceptada

Acto(s) Violatorio(s)

Violaciones al Derecho a la Dignidad.

Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.

Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Autoridad(es)

Secretaría de Seguridad Pública Estatal

Fiscalía General del Estado 

Recomendaciones

PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.

Recomendaciones 2022