Av. Zarco 2427 Col. Zarco | 800 201 1758 | quejas@cedhchihuahua.org.mx

Comisión Estatal de los Derechos Humanos
de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTi

Dirección de Transporte en el Estado

Fiscalía General del Estado

Instituto Municipal de Pensiones

Pensiones Civiles del Estado

Presidencia Municipal de Aquiles Serdán

Presidencia Municipal de Chihuahua

Presidencia Municipal de Cusihuiriachi

Presidencia Municipal de Delicias

Presidencia Municipal de Guadalupe y Calvo

Presidencia Municipal de Hidalgo del Parral

Presidencia Municipal de Juárez

Presidencia Municipal de Moris 

Presidencia Municipal de Nuevo Casas Grandes

Presidencia Municipal de San Francisco del Oro

Registro Civil de Gobierno del Estado

Secretaría de Educación, Cultura y Deporte

Secretaría de Salud

Secretaría de la Contraloría

Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Tribunal de Arbitraje Municipal de Moris

Tribunal Superior de Justicia

Recomendación

40/16

Documento

Estatus

Aceptada

Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Derecho a la libertad de expresión y libertad de tránsito, en la modalidad de detención ilegal.

Autoridad(es)

Dirección de Transporte en el Estado

Recomendaciones

PRIMERA: - A usted, Lic. Gustavo Morales
González, Director de Transporte en el Estado, para que sean
consideradas las deficiencias identificadas en el presente documento con el propósito de que se adopten las medidas pertinentes que permitan subsanar y atender las diversas problemáticas que aún prevalecen en el Sistema de Transporte Público en la ciudad de Chihuahua.
SEGUNDA: A usted, Lic. Jorge Enrique González Nicolás, Fiscal
General del Estado, gire sus instrucciones, a efecto de que se inicie
procedimiento dilucidatorio de responsabilidad con motivo del actuar de los servidores públicos involucrados en el presente asunto, en los que se tomen en consideración, las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, a fin de que se determine el grado de responsabilidad que pudiera corresponderles, en el cual se valore, además, la procedencia de la reparación del daño.
TERCERA: - Se giren instrucciones a quien corresponda para que en lo
subsecuente, se rindan en tiempo y forma y con la documentación suficiente que apoye los informes que sean solicitados por esta Comisión.

Recomendación

01/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, por actos contra la procuración de justicia

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC. JORGE ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado, se sirva girar sus instrucciones a efecto de que se instruya procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos referidos, en el que se consideren los argumentos y las evidencias analizadas en la presente resolución y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan, procedimiento en el que se valore la procedencia de reparación de los posibles daños que con la tardanza se hayan ocasionado al quejoso.
SEGUNDA: A usted mismo, para que a la brevedad posible se agoten las diligencias correspondientes a la carpeta de investigación “H” y se resuelva la misma conforme a derecho proceda.
TERCERA: Gire sus instrucciones a efecto de que se tomen las medidas administrativas necesarias, para garantizar que las investigaciones se integren en tiempo y forma, garantizando en todo momento los derechos de las víctimas del delito.

Recomendación

03/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, por actos contra la procuración de justicia

Autoridad(es)

Presidencia Municipal de Juárez

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

Presidencia Municipal de Juárez
PRIMERA: Gire sus instrucciones, a efecto de que se prosiga con los procedimientos disciplinarios iniciados con motivo del actuar de los elementos de seguridad pública involucrados en el presente asunto, en los que se tomen en consideración, las evidencias y razonamientos esgrimidos, a fin de que se determine el grado de responsabilidad que pudiera corresponderles, en el cual se valore, además, la procedencia de la reparación del daño.
SEGUNDA: Se brinde capacitación al personal a su cargo; en materia de derechos humanos, con el objetivo de erradicar la repetición de este tipo de conductas.
Fiscalía General del Estado
PRIMERA: Gire sus instrucciones, para que se instruya procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra de los servidores públicos que hayan tenido participación en los hechos analizados en la presente resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos y las evidencias analizadas, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan y se determine lo referente a la reparación del daño que en derecho proceda.
SEGUNDA: Se brinde capacitación al personal a su cargo; en materia de derechos humanos; con el objetivo de erradicar la repetición de este tipo de conductas.

Recomendación

04/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, por actos contra la procuración de justicia

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, Lic. Jorge Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, se sirva girar sus instrucciones a efecto de que se instruya procedimiento dilucidatorio de responsabilidad contra de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos referidos, en el que se consideren los argumentos y las evidencias analizadas en la presente resolución y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan y se
resuelva lo relativo a la reparación integral del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de la elaboración de un protocolo que permita garantizar la protección de la integridad de las personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición del Juez de Garantía. 

Recomendación

06/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted Lic. Jorge Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos referidos, en el que se tomen en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución y en su caso se imponga la sanciones que correspondan y se resuelva lo relativo a la reparación integral del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de la elaboración de un protocolo que permita garantizar la protección de la integridad de las personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición de la autoridad judicial.

Recomendación

11/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura e incomunicación.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, Lic. Jorge E.
González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus
instrucciones, para que se instruya procedimiento dilucidatorio
de responsabilidad en contra de los servidores públicos que
hayan tenido participación en los hechos analizados en la
presente resolución, en el cual se consideren los argumentos
esgrimidos y las evidencias analizadas, y en su caso, se
impongan las sanciones que correspondan y se determine lo
referente a la reparación del daño que en derecho proceda.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de
hechos como los que originan esta resolución, se valore la
pertinencia de la elaboración de un protocolo que garantice la
protección de la integridad de las personas desde el momento
de su det
TERCERA: Se ordene la continuación y resolución de la carpeta
de investigación que se haya formado con motivo de la vista que
dio este organismo, por la probable existencia del delito de
tortura, aludida en el párrafo 84 de esta resolución.

Recomendación

13/16

Documento

Estatus

No aceptada.

Acto(s) violado(s)

 Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica e incumplimiento en la procuración de justicia, por la demora en la notificación del acuerdo de abstención de investigación.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted Lic. Jorge Enrique González Nicolás, Fiscal General del
Estado, gire sus instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos referidos, en el que se tomen en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución y en su caso se imponga la sanciones que correspondan.
SEGUNDA: Gire sus instrucciones a fin de que se ordenen las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis.

Recomendación

14/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de uso excesivo de la fuerza pública.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted Lic. Jorge
Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus
instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento
dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores
públicos implicados en los hechos motivo de la queja, en el que
se tomen en consideración las evidencias y razonamientos
esgrimidos en la presente resolución y en su caso se resuelva
sobre las sanciones y lo referente a la reparación del daño, que
correspondan.
 
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos
como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de
la elaboración de un protocolo que permita garantizar la
protección de la integridad de las personas desde el momento de
su detención hasta la puesta a disposición del Juez de Garantía.

Recomendación

18/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted Lic. Jorge
Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire
sus instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento
dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores
públicos implicados en los hechos motivo de la queja, en el que
se tomen en consideración las evidencias y razonamientos
esgrimidos en la presente resolución y en su caso se resuelva
sobre las sanciones y lo referente a la reparación del daño, que
conforme a derecho correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de
hechos como los que originan esta resolución, se valore la
pertinencia de la elaboración de un protocolo que garantice la
protección de la integridad de las personas desde el momento
de su detención hasta la puesta a disposición de la autoridad
judicial.
TERCERA: - Se ordene la iniciación o continuación y resolución
de la carpeta de investigación que corresponda, con motivo de la
vista que dio este organismo, por la probable existencia del
delito de tortura, aludida en el párrafo 41 de esta resolución.

Recomendación

19/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal con actos de tortura.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, Lic. Jorge
Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire
instrucciones para que se inicie procedimiento dilucidatorio de
responsabilidad, en relación con el actuar de los agentes
involucrados en el presente asunto, tomando en cuenta, las
evidencias y razonamientos esgrimidos, a fin de que se determine
el grado de responsabilidad que pudiera corresponderles, en el
cual se valore además, la procedencia de la reparación del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos
como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de
la elaboración de un protocolo que permita garantizar la
protección de la integridad de las personas desde el momento de
su detención hasta la puesta a disposición del Juez de Garantía.

Recomendación

20/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, Lic. Jorge González Nicolás, Fiscal
General del Estado, gire instrucciones para que se inicie
procedimiento dilucidatorio de responsabilidad, en relación con el
actuar de los elementos de la Policía Estatal Única involucrados
en el presente asunto, tomando en cuenta, las evidencias y
razonamientos esgrimidos, a fin de que se determine el grado de
responsabilidad que pudiera corresponderles, en el cual se valore,
además, la procedencia de la reparación del daño.
SEGUNDA:  A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos
como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de
la elaboración de un protocolo que permita garantizar la
protección de la integridad de las personas desde el momento de
su detención hasta la puesta a disposición del Juez de Garantía.

Recomendación

21/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Acto(s) violado(s)

Derecho a su Honra y Reputación.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, Lic. Jorge
Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus
instrucciones, para que se instruya procedimiento dilucidario de
responsabilidad en contra de los servidores públicos que hayan
tenido participación en los hechos analizados en la presente
resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos y
las evidencias analizadas, y en su caso, se impongan las
sanciones que correspondan y se determine lo referente a la
reparación del daño que en derecho proceda.
SEGUNDA: A usted mismo, se realicen las acciones necesarias
para hacer efectiva la rectificación de la nota periodística, derecho
que le asiste al quejoso, desde luego, absorbiendo el costo de la
publicación con cargo a la Fiscalía General del Estado. 
TERCERA: Se ordenen las medidas administrativas, tendientes
a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos,
de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo
análisis.

Recomendación

27/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, Lic. Jorge
González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire
instrucciones para que se inicie procedimiento dilucidatorio de
responsabilidad, en relación con el actuar de los elementos de la
Policía Estatal Única involucrados en el presente asunto,
tomando en cuenta, las evidencias y razonamientos esgrimidos,
a fin de que se determine el grado de responsabilidad que
pudiera corresponderles, en el cual se valore, además, la
procedencia de la reparación del daño.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de
hechos como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la
necesidad de la elaboración de un protocolo que permita
garantizar la protección de la integridad de las personas desde el
momento de su detención hasta la puesta a disposición del Juez
de Control.

Recomendación

28/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado,
sirva girar instrucciones para que se agilice la investigación por
probables actos de tortura en las carpetas de investigación “E” y
“R”, relativas a los impetrantes “A” y “B” para el pronto
esclarecimiento de los hechos.
 
SEGUNDA: A usted mismo, gire sus instrucciones a efecto de
que se instaure procedimiento dilucidatorio de responsabilidades,
en contra de los servidores públicos implicados en los hechos
motivos de la queja presentada por “A”, en el que se tomen en
consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la
presente resolución y en su caso se resuelva sobre las sanciones
y lo referente a la reparación del daño, que correspondan.
 
TERCERA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos
como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de
la elaboración de un protocolo que permita garantizar la
protección de la integridad de las personas desde el momento de
su detención hasta la puesta a disposición del Juez de Control.

Recomendación

30/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Intimidad en la modalidad de allanamiento de morada.

Derecho a la Propiedad, en la modalidad de daños.

 

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado,
se sirva girar sus instrucciones a efecto de que se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de
los servidores públicos pertenecientes a la Fiscalía General del
Estado que hayan intervenido en los hechos referidos, en el cual
se consideren los argumentos y las evidencias analizadas en la
presente resolución y en su caso, se impongan las sanciones
que correspondan.
SEGUNDA:  Se tomen las medidas necesarias para esclarecer el
robo que dice haber sufrido “A” en sus pertenencias por parte de
los mismos agentes investigadores, y se le reparen los daños
causados al agraviado.
TERCERA: Se tomen las medidas administrativas pertinentes,
tendientes a evitar violaciones ulteriores por parte del personal
de la Fiscalía General del Estado, de naturaleza similar a las
analizadas en la presente resolución.

Recomendación

32/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

 Derecho a la Seguridad Social.

Derecho a la Igualdad, en la modalidad de discriminación de género.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, Lic. Jorge Enrique
González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus
instrucciones, para que se instruya procedimiento administrativo en
contra de los servidores públicos que hayan tenido participación en
los hechos analizados en la presente resolución, en el cual, se
consideren los argumentos esgrimidos y las evidencias analizadas, y
en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: - A usted mismo, se determine lo referente a la
reparación del daño que en derecho proceda a favor de “A”.
TERCERA: Se brinde capacitación al personal a su cargo en
materia de derechos humanos con el objetivo de erradicar la
repetición de este tipo de actuaciones.

Recomendación

33/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, 

en la modalidad de tortura.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted C. LIC. JORGE ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado, se sirva girar sus instrucciones a efecto de que se instruya procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos referidos, en el que se consideren los argumentos y las evidencias analizadas en la presente resolución y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: - A usted mismo, para que se analice y determine la efectiva reparación integral del daño ocasionado con motivo de la actividad administrativa irregular en perjuicio de “B” y “D”, tomando en cuenta las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución.
TERCERA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas
tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de la elaboración de un protocolo que permita garantizar la protección de la integridad de las personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición del Juez de Control.

Recomendación

34/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

 Derecho a la Presunción de Inocencia que le asiste a todo imputado. 

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted, LIC. JORGE E. GONZÁLEZ NICOLÁS,
FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, se ordenen las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición actos de naturaleza similar a los analizados, y para una mayor protección a derechos humanos, se elabore un protocolo referente a la presentación de personas detenidas y/o sus datos sensibles ante los medios de comunicación.

Recomendación

35/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de uso ilegal la fuerza.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted Lic. Jorge Enrique González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento dilucidatorio de responsabilidad administrativa y penal, en contra de los servidores públicos implicados en los hechos motivo de la queja, en el que se tomen en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución y en su caso se resuelva sobre las sanciones y lo referente a la reparación del daño, que correspondan.

Recomendación

36/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: - A Usted LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, FISCAL GENERAL DEL ESTADO, se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores públicos adscritos a la Policía Estatal Única división Investigación y Agentes del Ministerio Público, que participaron en los hechos analizados en la presente resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos, para efecto de que se determine el grado de responsabilidad en que hayan incurrido, y en su caso se impongan las sanciones que correspondan.
 
SEGUNDA: A usted mismo, se resuelva lo procedente en cuanto a una eventual reparación del daño en favor de los agraviados, por las afectaciones sufridas.
TERCERA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas
tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los que originan esta resolución, se valore la pertinencia de la elaboración de un protocolo que garantice la protección de la integridad de las personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición de la autoridad judicial.

Recomendación

37/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica, por retardar la función de investigación o procuración de justicia.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: - A
Usted Lic. Jorge Enrique González Nicolás, Fiscal General
del Estado, gire sus instrucciones a efecto de que se instaure
procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de
los servidores públicos que hayan incurrido en las omisiones
referidas, en el que se tomen en consideración las evidencias
y razonamientos esgrimidos en la presente resolución y en su
caso se imponga la sanciones que correspondan.
SEGUNDA: Gire sus instrucciones a fin de que se ordenen las
medidas administrativas tendientes a realizar las diligencias
pertinentes que permitan esclarecer los hechos investigados
en la carpeta de investigación “D”, y garantizar la no repetición
de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las
acontecidas en los hechos bajo análisis.

Recomendación

42/16

Documento

Estatus

Aceptada

Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Acto(s) violado(s)

 Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura e incomunicación.

Derecho a la Inviolabilidad del Domicilio.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: - A Usted, C. LIC. JORGE ENRIQUE
GONZÁLEZ NICOLÁS, en su carácter de Fiscal General del Estado de
Chihuahua, gire sus instrucciones para que se instruya procedimiento
dilucidatorio de responsabilidad en contra de los servidores públicos
adscritos a la Fiscalía General del Estado, Zona Norte, que participaron en los hechos analizados en la presente resolución en el cual se consideren los argumentos analizados y esgrimidos a efecto de que se determine el grado de responsabilidad en que hayan incurrido, y en su caso se impongan las sanciones que en derecho correspondan.
 
SEGUNDA: - A Usted mismo, se resuelva lo procedente en cuanto a una
eventual reparación del daño en favor de los agraviados por las
afectaciones sufridas.
TERCERA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los que originan esta resolución, se valore la pertinencia de la elaboración de un protocolo que garantice la protección de la integridad de las personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición de la autoridad judicial.
 
CUARTA: Se giren las instrucciones necesarias para que en irrestricto
respeto al artículo 24 fracción V de la Ley de la Comisión Estatal de los
Derechos Humanos, se permita en todo tiempo el ingreso del personal
adscrito a esta Comisión a cualquier lugar donde esté recluida una
persona, ello dentro de las instalaciones que ocupa la Fiscalía en el Estado.

Recomendación

43/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

 Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, por omisiones a la Procuración de Justicia en la modalidad de integrar debidamente la carpeta de investigación.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC. JORGE ENRIQUE
GONZÁLEZ NICOLÁS, Fiscal General del Estado, sirva girar instrucciones
para que se agilice la investigación por probables actos de tortura en la
carpeta número “G”, relativas al impetrante “B”, para el pronto
esclarecimiento de los hechos.
SEGUNDA: A usted mismo, gire sus instrucciones a efecto de que se
instaure procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores públicos implicados en los hechos motivos de la queja
presentada, en el que se tomen en consideración las evidencias y
razonamientos esgrimidos en la presente resolución y en su caso se
resuelva sobre las sanciones y lo referente a la reparación del daño, que
correspondan.
TERCERA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas
tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí
denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de la elaboración de un
protocolo que permita garantizar la protección de la integridad de las
personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición
del Juez de Control.

Recomendación

44/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, Lic. Jorge E. González
Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus instrucciones, para que se
instruya procedimiento dilucidatorio de responsabilidad en contra de los
servidores públicos que hayan tenido participación en los hechos analizados en la presente resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos y las evidencias analizadas, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan y se determine lo referente a la reparación del daño que en derecho proceda.
SEGUNDA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas
tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los que originan
esta resolución, se valore la pertinencia de la elaboración de un protocolo que garantice la protección de la integridad de las personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición del Juez de Control.
TERCERA: Se ordene la continuación y resolución de la carpeta de
investigación que se haya formado con motivo de la vista que dio este
organismo, por la probable existencia del delito de tortura, aludida en los puntos nueve y diez de la presente resolución.

Recomendación

46/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura.

Derecho a la Propiedad, en la modalidad de robo.

 

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted Lic. Jorge Enrique
González Nicolás, Fiscal General del Estado, gire sus instrucciones
a efecto de que se instaure procedimiento dilucidatorio de
responsabilidades, en contra de los servidores públicos que hayan
intervenido en los hechos referidos, en el que se tomen en
consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la
presente resolución y en su caso se impongan las sanciones y lo
referente a la reparación del daño, que correspondan.
SEGUNDA: Se integre debidamente la carpeta de investigación
identificada bajo el número “Y” en la que aparecen como víctimas “C” y
“D” de una manera inmediata y eficaz a efecto de que se esclarezcan
los hechos constitutivos del delito de tortura garantizando en todo
momento la seguridad de los impetrantes.
TERCERA: Se agilicen las diligencias que correspondan en la carpeta
de investigación identificada bajo el número “W” en la que aparece
como víctima “D” por el delito que corresponda.
CUARTA: A usted mismo, para que dentro de las medidas
administrativas tendientes a garantizar la no repetición de hechos como
los aquí denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de la
elaboración de un protocolo que permita garantizar la protección de la
integridad de las personas desde el momento de su detención hasta la
puesta a disposición del Juez de Control. 

Recomendación

48/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Vida mediante el empleo arbitrario de la fuerza pública con armas letales.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC. JORGE
ENRIQUE GONZALEZ NICOLAS, Fiscal General del Estado, gire
sus instrucciones a efecto de agilizar la integración de la carpeta de
investigación “A6”, en contra de los servidores públicos implicados en
los hechos de la presente queja, y se tomen en consideración las
evidencias y razonamientos esgrimidos y en su caso se impongan las
sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo, a efecto de evitar la no repetición de
violaciones a derechos humanos de similar naturaleza, ordene se inicie
de inmediato una capacitación intensiva y periódica a los integrantes
de las instituciones policiales a su cargo, en la aplicación del Protocolo General para el Uso de la Fuerza para los integrantes de las
Instituciones de la Fiscalía General del Estado
TERCERA: A usted mismo, para que gire instrucciones a efecto de
que proceda a la reparación integral y/o justa indemnización conforme
a lo precisado en los puntos 50 y 51 de la presente resolución.
CUARTA: Asimismo, gire sus instrucciones a efecto de que se instaure
procedimiento administrativo dilucidatorio de responsabilidad, en
contra de los servidores públicos que obstaculizaron el ejercicio de
investigación de la queja y omitieron colaborar con este Organismo, en
el sentido de dar contestación en tiempo y forma a la solicitud de
informes. 

Recomendación

49/16

Documento

Estatus

No aceptada.

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, al debido proceso y en la dilación del proceso laboral.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

 Tribunal Superior de Justicia

Secretario Del Trabajo y Previsión Social

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, Lic. Gabriel
Sepúlveda Reyes, Presidente del Tribunal Superior de Justicia;
giren sus instrucciones, a efecto de que se instaure procedimiento de
dilucidación de responsabilidades en contra de los servidores públicos
involucrados en los hechos analizados, en el cual se consideren los
argumentos y evidencias analizadas en esta resolución, y en su
oportunidad se imponga la sanción que a derecho corresponda.
SEGUNDA: - A usted, Lic. Jorge Enrique González Nicolás, Fiscal
General del Estado, gire sus instrucciones, a efecto de que se instaure
procedimiento de dilucidación de responsabilidades en contra de los
servidores públicos involucrados en los hechos analizados, en el cual
se consideren los argumentos y evidencias analizadas en esta
resolución, y en su oportunidad se imponga la sanción que a derecho
corresponda.
TERCERA: A usted, Lic. Fidel Pérez Romero, Secretario Del
Trabajo y Previsión Social, gire sus instrucciones a efecto de que
tomen las medidas pertinentes para que a la brevedad posible se
notifique el laudo correspondiente, toda vez que hasta el momento en
que se emite la presente, no se tiene noticia de que se haya realizado
dicha actuación.

Recomendación

50/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Vida.

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal mediante actos de tortura.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted C. LIC. JORGE
ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, en su carácter de Fiscal General
del Estado, para que se instruya procedimiento dilucidatorio de
responsabilidades en contra de los servidores públicos adscritos a la
Fiscalía General de Justicia para la Zona Norte del Estado que
participaron en los hechos analizados en la presente resolución, en el
cual se consideren los argumentos esgrimidos, para efecto de que se
determine el grado de responsabilidad en el que hayan incurrido, y en
su caso se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo, se resuelva lo procedente en cuanto a la
reparación integral del daño en favor de los agraviados por las
afectaciones sufridas.

Recomendación

51/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mediante actos de tortura.

Derecho a la Inviolabilidad del Domicilio

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: - A usted LIC. JORGE ENRIQUE
GONZALEZ NICOLAS, Fiscal General del Estado, se solicita gire sus
instrucciones para que se instruya procedimiento dilucidatorio de
responsabilidad en contra de los servidores públicos que hayan tenido
participación en los hechos analizados en la presente resolución, en el
cual se consideren los argumentos esgrimidos y evidencias analizadas
y en su caso se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A usted LIC. JAVIER GONZALEZ MOCKEN Presidente
Municipal de Juárez, gire sus instrucciones para que se instaure el
procedimiento de dilucidación de responsabilidades en contra de los
servidores públicos adscritos a la Dirección de Seguridad Pública
Municipal que participaron en los hechos analizados en la presente
resolución, para efecto de que se determine el grado de
responsabilidad en que hayan incurrido y en su caso se impongan las
sanciones que a derecho correspondan.
TERCERA: A ambos, se analice y resuelva lo referente a la reparación
integral del daño que les pueda corresponder a las agraviadas.

Recomendación

60/16

Documento

Estatus

No aceptada.

Impugnada ante la CNDH quien a su vez emite la Recomendación 23/2018 a Gobierno del Estado

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal.

Derecho al trato digno. 

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, LIC.CÉSAR AUGUSTO
PENICHE, FISCAL GENERAL DEL ESTADO para que instaure
procedimiento dilucidatorio de responsabilidades en contra de los
servidores públicos implicados en los hechos reclamados por el quejoso, y
en su caso, se impongan las sanciones que en derecho correspondan.
SEGUNDA: Se resuelva lo correspondiente a la reparación del daño que
le pueda corresponder a la persona identificada como “A” por las
violaciones sufridas en sus derechos fundamentales.
TERCERA: A usted mismo, para que se adopten las medidas
administrativas necesarias, a efecto de que en el futuro, se evite la
repetición de violaciones similares a la acontecida en el caso bajo análisis.

Recomendación

61/16

Documento

Estatus

 Aceptada.

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, en la modalidad de tortura e incomunicación.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, MTRO. CÉSAR AUGUSTO
PENICHE ESPEJEL, Fiscal General del Estado, para que gire sus
instrucciones a efecto de agilizar la integración de la carpeta de investigación respecto a la vista realizada por la autoridad judicial durante el trámite del juicio número “R”, en contra de los servidores públicos implicados en los hechos de la presente queja, y se tomen en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos y en su caso se impongan las sanciones y y lo referente a la reparación del daño que correspondan.
SEGUNDA: A usted mismo para que gire sus instrucciones a efecto de que
se instaure procedimiento administrativo dilucidatorio de responsabilidad, en contra de los servidores públicos que obstaculizaron el ejercicio de investigación de la queja y omitieron colaborar con este Organismo, en el sentido de dar contestación en tiempo y forma a la solicitud de informes.

Recomendación

64/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Seguridad Jurídica, en la modalidad detención ilegal.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: - A usted, Mtro. César Augusto
Peniche Espejel, Fiscal General del Estado; gire sus instrucciones a efecto de que se instaure y resuelva conforme a derecho, procedimiento de
dilucidación de responsabilidades en contra de los servidores públicos
involucrados en los hechos analizados, en el cual se consideren los
argumentos y evidencias analizadas en esta resolución, y en su oportunidad se imponga la sanción que a derecho corresponda y se considere lo relativo a la reparación del daño que pudiera corresponderles.
SEGUNDA: A usted mismo, se adopten las medidas administrativas
tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí
denunciados.

Recomendación

65/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a Integridad y Seguridad Personal, con actos de tortura

Derecho a la Seguridad Jurídica, en la modalidad detención ilegal.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, MTRO. CÉSAR
AUGUSTO PENICHE ESPEJEL, Fiscal General del Estado, sirva girar
instrucciones para que se agilice la investigación por probables actos de
tortura en la carpeta de investigación número “C”, relativas al impetrante “A” para el pronto esclarecimiento de los hechos.
SEGUNDA: A usted mismo, gire sus instrucciones a efecto de que se
instaure y resuelva conforme a derecho, procedimiento dilucidatorio de
responsabilidad en contra de los servidores públicos involucrados en los
hechos analizados, en el cual se consideren los argumentos y evidencias
analizadas en esta resolución, y en su oportunidad se imponga la sanción
que a derecho corresponda y se considere lo relativo a la reparación del
daño que pudiera corresponderles.
TERCERA: A usted mismo, para que dentro de las medidas administrativas
tendientes a garantizar la no repetición de hechos como los aquí
denunciados, a tal efecto se valore la necesidad de la elaboración de un
protocolo que permita garantizar la protección de la integridad de las
personas desde el momento de su detención hasta la puesta a disposición
del Juez de Control.

Recomendación

68/16

Documento

Estatus

No aceptada

Acto(s) violado(s)

Derecho al Derecho de Petición

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: - A usted, Mtro. César Augusto
Peniche Espejel, Fiscal General del Estado, para que se dé respuesta por
escrito en breve término a los planteamientos realizados por “A”, recibidos en fecha 29 de octubre de 2015.
SEGUNDA: - Se adopten las medidas administrativas necesarias, a efecto
de que en el futuro, se respete el derecho de petición dando respuesta en
los términos correspondientes.

Recomendación

69/16

Documento

Estatus

 Aceptada, con pruebas de cumplimiento parcial

Acto(s) violado(s)

Derecho a Integridad y Seguridad Personal, con actos de tortura e incomunicación.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted C. MAESTRO CÉSAR
AUGUSTO PENICHE ESPEJEL, FISCAL GENERAL EN EL ESTADO, gire
sus instrucciones a efecto de que se instaure procedimiento dilucidatorio de responsabilidades, en contra de los servidores públicos que hayan
intervenido en los hechos referidos, en el que se tomen en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución y en su caso se impongan las sanciones y lo referente a la reparación del daño, que correspondan.
 
SEGUNDA: Se integre debidamente la carpeta de investigación que se
haya iniciado con motivo del oficio No. UCD–1528/2014, enviado al
Coordinador de la Unidad Especializada en Investigación y Acusación de
Delitos Varios, en el cual aparecen como agraviado “A”, de una manera
inmediata y eficaz a efecto de que se esclarezcan los hechos constitutivos del delito de tortura garantizando en todo momento la seguridad de los impetrantes.

Recomendación

70/16

Documento

Estatus

No aceptada

Acto(s) violado(s)

Derecho a Legalidad y Seguridad Jurídica, por actos contra la procuración de justicia.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A usted, Mtro. César Augusto
Peniche Espejel, Fiscal General del Estado, se sirva girar sus
instrucciones a efecto de que sin demora se practiquen todas las
actuaciones necesarias para integrar debidamente la carpeta de
investigación “D”.
SEGUNDA: Asimismo, gire instrucciones a efecto de que se instruya
procedimiento dilucidatorio de responsabilidad y se resuelva conforme a
derecho, en contra de los servidores públicos que hayan intervenido en los hechos referidos, en el que se tomen en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución y en su caso se
impongan las sanciones y lo referente a la reparación del daño, que
correspondan.
TERCERA: Gire instrucciones a efecto de que se tomen las medidas
administrativas necesarias, para garantizar la no repetición de actos
violatorios como los aquí analizados consistentes en retardar la función de investigación o procuración de justicia, debido en todo momento garantizar los derechos de las víctimas del delito.

Recomendación

72/16

Documento

Estatus

No aceptada.

Impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Acto(s) violado(s)

Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica en la modalidad de detención ilegal.

Derecho a la Integridad y Seguridad Personal con tratos indignos e inhumanos.

Derecho a la Propiedad en la modalidad de daños materiales.

Autoridad(es)

Fiscalía General del Estado

Recomendaciones

PRIMERA: A Usted MTRO.
CÉSAR AUGUSTO PENICHE ESPEJEL, Fiscal General del Estado, gire
sus instrucciones para que se instruya procedimiento dilucidario y se
resuelva conforme a derecho, en contra de los servidores públicos adscritos a la Policía Estatal Única y a la Policía Ministerial, que participaron en los hechos analizados en la presente resolución, en el cual se consideren los argumentos esgrimidos, para efecto de que se determine el grado de responsabilidad en que hayan incurrido, y en su caso se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA: A Usted mismo, se resuelva lo procedente en cuanto a una
eventual reparación del daño en favor de las quejosas y de los agraviados
por las afectaciones sufridas.

Recomendación