Av. Zarco 2427 Col. Zarco | 614 201 2990 | quejas@cedhchihuahua.org.mx

Comisión Estatal de los
Derechos Humanos de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTí

Comisión Estatal de los Derechos Humanos
de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTi

Comisión Estatal de los
Derechos Humanos de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTí

Comisión Estatal de los Derechos Humanos
de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTi

Órgano Interno de Control

Ética e Integridad

614 201 2990 ext 141 | oic@cedhchihuahua.org.mx

Código de Ética de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua.

Código de Ética [Infografía]

Lineamientos Generales para la Integración y Funcionamiento del Comité de Ética de la CEDH.

Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta de la CEDH.

Informe Ejecutivo de Resultados de la Evaluación Anual del Comité de Ética de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos 2022

Tablero de Control y Evaluación del Cumplimiento y Desempeño del Comité de Ética de la CEDH para el año 2024.

Informe Ejecutivo de Resultados de la Evaluación Anual del Comité de Ética de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos 2023

Recomendación

02/22

Documento

Estatus

Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada

Fiscalía General del Estado: No aceptada

Acto(s) Violatorio(s)

Violaciones al Derecho a la Dignidad.

Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.

Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Autoridad(es)

Secretaría de Seguridad Pública Estatal

Fiscalía General del Estado 

Recomendaciones

PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.

Recomendaciones 2022