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Comisión Estatal de los Derechos Humanos
de Chihuahua

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Se reúne el presidente de la CEDH y Embajadora de Noruega en México

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En el marco de su visita al estado de Chihuahua, junto con el Fondo Noruego para los derechos humanos en México

El presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Néstor Armendáriz Loya y la embajadora de Noruega en México, Ragnhild Imerslund, sostuvieron un encuentro en la sede de la embajada ubicada en la Ciudad de México para abordar, entre otros temas, la situación de derechos humanos y seguridad en el estado de Chihuahua.

Durante la reunión, la Sra. Imerslund y el presidente de la CEDH hablaron sobre los derechos de los pueblos indígenas, los derechos humanos de las mujeres y la situación de seguridad para las personas defensoras de los derechos humanos en la entidad.

Este encuentro se llevó a cabo en el marco de su visita a Chihuahua, junto con el Fondo Noruego para los derechos humanos en México.

Recomendación

02/22

Documento

Estatus

Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada

Fiscalía General del Estado: No aceptada

Acto(s) Violatorio(s)

Violaciones al Derecho a la Dignidad.

Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.

Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Autoridad(es)

Secretaría de Seguridad Pública Estatal

Fiscalía General del Estado 

Recomendaciones

PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.

Recomendaciones 2022