Av. Zarco 2427 Col. Zarco | 800 201 1758 | quejas@cedhchihuahua.org.mx

Comisión Estatal de los Derechos Humanos
de Chihuahua

Comisión Estatal de los Derechos Humanos
de Chihuahua

#LaCEDHMásCercadeTi

Termina ICHMUJERES Auditoría de Género en la CEDH: Emite 83 recomendaciones

Facebook
Twitter / X
WhatsApp
Telegram
Email

El Equipo de Auditoría de Género del Instituto Chihuahuense de las Mujeres (ICHMUJERES) entregó 83 Recomendaciones a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) que llevarán a este organismo a institucionalizar la perspectiva de género durante el 2021.

La CEDH y el ICHMUJERES firmaron el 25 de noviembre del 2019, en el marco del Día Internacional para Erradicar la Violencia en contra de las Mujeres, un convenio para que el Instituto realizara una Auditoría de Género a la Comisión, proceso que se llevó a cabo durante el 2020.

El Equipo de Auditoría entregó los resultados en diciembre del 2020 en una reunión virtual que encabezaron la Licda. Emma Saldaña Lobera, directora del ICHMUJERES y el Lic. Néstor Armendáriz Loya, presidente de la CEDH.

Para llegar a las 83 Recomendaciones, el Equipo de Auditoría revisó 45 documentos de la CEDH, entrevistó a 13 integrantes del personal directivo y realizó 22 encuestas a personas de todos los Departamentos para sondear el conocimiento en materia de género.

Con ese material, el Equipo de Auditoría hizo un análisis cualitativo y cuantitativo del conocimiento y de la aplicación de la política de igualdad de género que tiene el personal de la CEDH.

El objetivo fue detectar campos de oportunidad y de mejora para cumplir con la institucionalización de la perspectiva de género en la Comisión.

Las 83 Recomendaciones están clasificadas en diez temas y deben cumplirse durante el 2021. Los temas:

  1. Mecanismos institucionales e interinstitucionales para incorporar la perspectiva de género.
  2. Planeación y Presupuesto para la transversalización de la perspectiva de género de la institución.
  3. Perspectiva de género en la ejecución de programas y actividades.
  4. Conocimientos en género y estrategias para promover su aprendizaje.
  5. Manejo, difusión y accesibilidad de la información en materia de género.
  6. Instrumentos para el seguimiento y la evaluación.
  7. Selección de organizaciones profesionales que trabajen perspectiva de género.
  8. Incorporación del género en los materiales de la institución.
  9. Prácticas y estrategias en la toma de decisiones para incorporar la perspectiva de género en la institución.
  10. Cultura institucional.
Cargador Cargando…
Logotipo de EAD ¿Tarda demasiado?
Recargar Recargar el documento
| Abrir Abrir en una nueva pestaña

Descargar [412.28 KB]

Recomendación

02/22

Documento

Estatus

Secretaría de Seguridad Pública Estatal: Aceptada

Fiscalía General del Estado: No aceptada

Acto(s) Violatorio(s)

Violaciones al Derecho a la Dignidad.

Violaciones al Derecho a la Libertad Personal.

Violaciones al Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

Autoridad(es)

Secretaría de Seguridad Pública Estatal

Fiscalía General del Estado 

Recomendaciones

PRIMERA.- Se inicien, integren y resuelvan conforme a derecho, los procedimientos de responsabilidad administrativa que correspondan, en contra de las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, que hubieren estado involucradas en los hechos materia de la queja, tomando en consideración las evidencias y razonamientos esgrimidos en la presente resolución, y en su caso, se impongan las sanciones que correspondan.
SEGUNDA.- Se inscriba a “A” en el Registro Estatal de Víctimas, por las violaciones a sus derechos humanos antes acreditadas.
TERCERA.- Provea lo necesario para que se repare integralmente el daño causado a “A”, en términos de la Ley General de Víctimas y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, tomando en consideración, lo detallado en el capítulo V de la presente resolución.
CUARTA.- Se realicen todas las medidas administrativas tendientes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas en los hechos bajo análisis, en los términos del punto 53.4 de esta determinación.

Recomendaciones 2022